Derechos
Declaran inconstitucional la esterilización de personas transgénero en Japón
La Corte Suprema japonesa emitió un fallo histórico al declarar inconstitucional la obligación de esterilización para cambiar el nombre en los registros de identificación civil de personas transgénero.
La Corte Suprema de Japón declaró que es “inconstitucional” y “cruel” la obligación legal de esterilizar a las personas transgénero para oficializar su cambio de nombre en los registros de identificación civil y consideró que impone “graves restricciones” a la vida de la persona.
Así lo sentenció el máximo tribunal japonés, que consideró que la esterilización obligada “limita el derecho de las personas a que no se interfiera con su cuerpo en contra de su voluntad”.
En Japón, una ley de hace dos décadas exige que las personas transgénero que soliciten un cambio legal de su identidad deben renunciar a su capacidad reproductiva, lo que equivale a una esterilización.
Además, la ley exige que no estén casadas ni tengan hijos menores y que hayan recibido un diagnóstico de “disforia de género”, informó la agencia de noticias AFP.
En el marco de un caso que fue iniciado por una mujer trans que pidió ser inscrita legalmente como mujer en el registro civil sin someterse a una operación, la Corte Suprema declaró que el requisito de una esterilización impone una “elección cruel” a quienes desean cambiar de género entre “la cirugía” que implica una “invasión corporal” y “renunciar a importantes beneficios legales de ser tratados de acuerdo con su identidad de género”.
Argentina integra el limitado listado de países que permiten a las personas transgénero cambiar su identidad con una simple declaración, junto a Chile, Dinamarca, Bélgica, España, Irlanda y Luxemburgo, entre otros.
En Japón, los activistas afirman que las condiciones impuestas por la ley obligan a las personas a someterse a procedimientos médicos invasivos, largos y que conllevan riesgos.
“El procedimiento para cambiar el género reconocido por la ley requiere una cirugía de esterilización y un diagnóstico psiquiátrico anticuado que es anacrónico, perjudicial y discriminatorio”, indicó la ONG Human Rights Watch en un reporte de 2019.
Por su parte, Kazuyuki Minami, abogado de la mujer cuyo caso motivó el pronunciamiento del máximo tribunal, expresó que “es extremadamente poco habitual que la Corte Suprema declare inconstitucional una ley”.
Su demanda fue rechazada por un tribunal de familia y también fue denegada en la apelación ante una jurisdicción superior, antes de llegar al Tribunal Supremo.
Esta sentencia, que fue muy esperada por miembros del colectivo LGTBQ, “aliviará la carga” para quienes enfrentaban como único obstáculo para su cambio de género la esterilización, pero “mantiene la obligación para muchas mujeres trans tengan que someterse a una cirugía genital o a esperar en un limbo la decisión del tribunal inferior”, explicó el letrado.