Concejo Deliberante

Aprobaron la regulación del servicio de delivery

Se armará un registro de repartidores en el cual deberán cumplir requisitos para inscribirse.

Junto a la ordenanza de la pirotecnia cero, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto para regular la situación de los repartidores de comida rápida por medio de mensajería urbana. Esta iniciativa motiva a generar una regulación que sume a la política de Seguridad Vial del Municipio de La Ciudad de La Plata así como ordenar las implicancias del servicio de Mensajería Urbana y/o reparto a domicilio de alimentos – Delivery.

Se busca tener un registro único de los repartidores, operadores de plataformas digitales y prestadoras de servicios de esta índole. Se deberá solicitar la inscripción en el registro como condición previa para el desarrollo de esta actividad de reparto.

Los repartidores y/o mensajeros habilitados deberán cumplir ciertos requisitos para inscribirse en el registro como: la presentación de la documentación emitida por el Operador de Plataforma Digital o el Prestador de Servicio donde figure el número identificatorio otorgado, tener un domicilio electrónico en el cual serán consideradas válidas todas las notificaciones otorgadas y, para la renovación de las habilitaciones, no deberán contar con infracciones de tránsito. Además deberán contar con elementos como el casco reglamentario, indumentaria con bandas refractarias y mochilas con el número de identificación claramente visibles.

La habilitación será otorgada a título personal e intransferible, tendrá una duración de un año para los Prestadores del Servicio y Operadores de Plataforma digital de oferta y demanda pero será de dos años para los repartidores y/o mensajeros. Queda prohibido el transporte de acompañantes cuando se encuentre desarrollando el trabajo de mensajería.