La Plata
La Justicia consideró que no hubo delito en la toma de Los Hornos
El juez Alejo Ramos Padilla argumentó que “al momento de los hechos, el predio se encontraba en estado ocioso y carecía de un alambrado perimetral que lo protegiera de posibles intrusiones”.
Días atrás, la Justicia federal decidió archivar la causa conocida como la “megatoma de Los Hornos”, al considerar que no hubo delito porque la usurpación se llevó a cabo durante el día.
Según lo expuesto por el Poder Judicial de La Nación, la causa se desestimó “por no constituir delito los hechos que la originaron, según lo prescripto por el artículo 195 segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación”.
Desde la Municipalidad de La Plata rechazaron el fallo y piden que se apele el dictamen, luego de que el Juez Alejo Ramos Padilla considerara que la actual toma de tierras, donde residen 600 familias, no representa un delito.
Por su parte, otros sectores de vecinos se manifestaron en contra de la decisión judicial y exigen un desalojo de las viviendas en el Ex Club de Planeadores, ya que las mismas fueron levantadas en una zona inundable y representan un riesgo para los vecinos de la ciudad.
No obstante, el magistrado argumentó, al cerrar la causa, que la actual toma no generará “perjuicio de eventuales acciones civiles y/o administrativas que pudieran resultar necesarias en el futuro para llevar a cabo el proyecto de urbanización en curso, de conformidad con los estándares de seguridad y habitabilidad que deben regir este tipo de acciones”.
Hay que recordar que la toma comenzó en febrero del 2020, un mes antes que comenzara el aislamiento social, preventivo y obligatorio en nuestro país.
Tras esto, creció exponencialmente, con más de 3.000 personas viviendo allí. Ante los riesgos hídricos que presentaba esa situación, el Municipio de La Plata solicitó a la Justicia Federal demoler las viviendas.
“Al momento de los hechos, el predio se encontraba en estado ocioso y carecía en la gran mayoría de su extensión de un cerco o alambrado perimetral que lo protegiera de posibles intrusiones”, afirmó en su fallo Ramos Padilla.
Además, el juez arguyó que “el ingreso a los terrenos se produjo a plena luz de día y que la delimitación informal de lotes con sogas, palos y alambres también ocurrió a la vista de todos”, y que todo esto fue hecho “sin que se advierta la adopción de ningún tipo de medida tendiente a denegar o dificultar ese ingreso”.
Finalmente, el magistrado indicó que “tampoco se advierte que los ocupantes hayan recurrido al empleo de violencia sobre elementos propuestos por el Estado Nacional para impedir o dificultar la penetración invasiva de personas en el inmueble o su mantenimiento”.
Foto: Franco Fafasuli