La Plata

La Justicia le ordenó a Glovo pagar una multa impuesta por el Gobierno bonaerense

Es por incumplimiento de las normas laborales respecto a los repartidores. La empresa deberá abonar más de 6 millones de pesos.

El Tribunal de Trabajo n° 4 de La Plata resolvió que los trabajadores de delivery tienen un vínculo con la empresa Kadabra S.A.S (Glovo) y ordenó a pagar, en concepto de multa que había sido impuesta por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, la suma de $ 6.318.000 por infracciones a la normativa laboral.

La causa surgió a raíz de una multa impuesta por la cartera laboral bonaerense , quien constató -a través de inspecciones en las ciudades de La Plata, Quilmes, Martínez, Vicente López, San Isidro, Avellaneda, Lanús, Ramos Mejía, Lomas de Zamora y Banfield- que la sociedad que explota la marca Glovo incumplía con la ley.

Esa sanción de la Provincia fue apelada por la firma Kadabra SA.S, quien alegó la erogación de facultades exorbitantes por parte del organismo, la desestimación de prueba acompañada por la empresa, además de la falta de competencia para resolver la existencia de vínculo entre la empresa y los repartidores.

Al momento de analizar el caso, los jueces Vanesa Prado, Federico Javier Escobares y Rodolfo Francisco Martiarena consideraron dos cuestiones principales. Por un lado la constitucionalidad del principio “Solve et repete” (pagar y luego reclamar); y, por otro lado, la naturaleza del vínculo entre la empresa que explota la marca Glovo y los repartidores o riders.

Con respecto a la primera de las cuestiones, los magistrados hicieron mención al  artículo 14 de la Ley 10.149, a la vez que recordaron la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación en materia de relaciones laborales. Según los jueces, la compañía mencionada demostró la imposibilidad de hacer frente al pago para recurrir la resolución, lo que consideró probado en virtud de los embargos contra esta.

Sobre la segunda de las cuestiones, el Tribunal sostuvo que existe un vínculo entre los trabajadores y Glovo, y que la empresa es quien utiliza y explota comercialmente la aplicación que media entre los proveedores y los usuarios. En este sentido, los magistrados también dijeron que la contraprestación que reciben los repartidores es determinada y pagada por la empresa, y que los mismos se incorporan a una compañía ajena, lo que configura una relación de dependencia

Además, para los jueces los usuarios son clientes de Glovo, y que es ésta quien impone el precio, sanciona a los repartidores e –incluso- bloquea sus aplicaciones, entre las cuestiones más trascendentes que figuran en el fallo. Por ello, Prado, Escobares y Martiarena confirmaron el acto administrativo de la Provincial al ordenar a Kadabra S.A.S pagar la multa de $ 6.318.000.