ANMAT prohíbe la venta de un aceite de oliva y unas galletitas
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó este martes en el Boletín Oficial tres disposiciones para prohibir el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de una marca de galletitas dulces y un aceite de oliva. La disposición 1001/2020 prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto […]
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó este martes en el Boletín Oficial tres disposiciones para prohibir el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de una marca de galletitas dulces y un aceite de oliva.
La disposición 1001/2020 prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Galletitas dulces con sabor a vainilla, Mini tapitas, marca Fachitas” que no consigne en su rótulo la declaración de alérgenos “puede contener leche, huevo, maní y soja”.
El producto en cuestión había causado una reacción alérgica en la boca a un niño de dos años luego de su ingesta, siendo el menor alérgico a la proteína de leche de vaca, a la soja, el maní y el huevo.
La firma posee dos líneas de producción, las cuales no cuentan aislamiento entre ellas, y allí se elaboraban otros productos que contienen leche, huevo, maní y soja como ingrediente, por lo que puede existir contaminación cruzada, razón por la cual se le solicitó a la empresa que realice el retiro jurisdiccional del producto.
En tanto, la disposición 1006/2020 prohibió la comercialización del producto “Aceite de oliva virgen extra”, marca “La Tosca”, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente: el carecía de registros de establecimiento y de producto, y estaba falsamente rotulado al consignar registros sanitarios inexistentes, resultando ser un producto ilegal.