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Cambios en el Reprocann: nuevos requisitos para el acceso al cannabis medicinal

La nueva resolución endurece el acceso al cannabis medicinal con mayores controles y requisitos para ONG y cultivadores.

Con la reciente resolución 3132/2024, publicada en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei ha establecido nuevos criterios para regular el acceso al cannabis medicinal, enfocándose en las ONG y los cultivadores solidarios.

Según el texto oficial, la medida busca recuperar el espíritu original del programa, centrado en la investigación médica y científica del uso de la planta de cannabis y sus derivados con fines terapéuticos.

Entre los cambios más destacados, se encuentra la obligatoriedad de contar con una Diplomatura o Maestría específica en el uso medicinal de la planta de cannabis para poder inscribirse en el Reprocann.

Este requisito aplica tanto para los pacientes como para las organizaciones que deseen ser reconocidas como cultivadoras autorizadas.

El Boletín Oficial también subraya que las ONG que participen en el cultivo deberán estar debidamente registradas y habilitadas por las autoridades competentes de cada jurisdicción.

Además, se les exige notificar al municipio correspondiente sobre su objeto social relacionado con la salud y la investigación.

Cultivadores solidarios y ONG: nuevas limitaciones

Los cultivadores solidarios, que anteriormente podían representar a varios pacientes, ahora verán su capacidad limitada a un máximo de dos personas, incluyendo a sí mismos.

Esto marca una restricción significativa en comparación con las regulaciones anteriores, donde el número de representados era más amplio.

Por otro lado, las ONG deben cumplir con estrictos requisitos, como no tener antecedentes penales en su comisión directiva y presentar una lista detallada de los usuarios registrados en el Reprocann a quienes representarán.

Las asociaciones también deben renovar anualmente su certificación de vigencia ante las autoridades correspondientes.