Educación

Confirman que la Justicia de CABA no puede resolver planteos sobre el DNU

Una jueza porteña volvió a rechazar un amparo por la presencialidad en las escuelas. La magistrada cuestionó a un sector del Poder Judicial que interfiere en causas de competencia federal.

La titular del Juzgado n° 1 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Romina Tesone, resolvió nuevamente el rechazo in limine e incompetencia para entender en el planteo de inconstitucionalidad del DNU 241/2021, al considerar que el mismo tiene carácter federal.

Al decidir en una causa similar el viernes pasado, la magistrada destacó que “la eventual resolución individual de causas que se expidan acerca de la legalidad del Decreto –frente a su indudable naturaleza federal y a la configuración de caso colectivo que presenta el litigio en trámite ante la Corte Suprema, en el que, además, se configura un supuesto de prevención en la materia por haber sido el promovido en primer orden- sólo implicaría transgredir los límites de la jurisdicción local, de la conexidad y los de la litispendencia”.

En este sentido, la jueza destacó que resolver sobre un tema que evidentemente es competencia del fuero federal “importaría el riesgo de dictado de sentencias contradictorias con la consecuente posibilidad de producir un daño institucional de magnitud, que sólo redundaría en el descrédito de la judicatura frente a la población en momentos críticos”.

“Es clara la necesidad de que quienes integramos el Poder Judicial, en sus diversas instancias y jurisdicciones, cuestionado en su prestigio y desempeño por motivos por demás atendibles, seamos respetuosos de las instituciones y procuremos mantenernos dentro de nuestro ámbito de actuación”, sostuvo Tesone.

En este marco, la magistrada recodó que “desde antiguo, se ha considerado que la misión más delicada que compete al Poder Judicial es la de saberse mantener dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones pues es el judicial el llamado a hacer observar la Constitución Nacional, y de ahí que su avance en desmedro de otras facultades revestiría la mayor gravedad para la constitucional y el orden público”.