Rostro - Identificación
Datos biométricos: el Gobierno porteño apeló el fallo que decretó su inconstitucionalidad
Mediante un escrito de unas 30 páginas, la administración de Horacio Rodríguez Larreta rechazó el fallo dictado por la jueza Elena Liberatori.
El Gobierno porteño apeló el fallo que decretó la inconstitucionalidad del sistema de reconocimiento facial de prófugos por datos biométricos por presunta violación a las libertades individuales.
Mediante un escrito de unas 30 páginas firmado por el apoderado del gobierno, Diego Farjat, la administración que encabeza Horacio Rodríguez Larreta rechazó el avasallamiento sobre las libertades personales a los que aludió la jueza Elena Liberatori.
“Contrariamente a lo sostenido en la sentencia en crisis, el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) no configura ninguna ilegítima restricción a los derechos constitucionales de los ciudadanos”, refuta el escrito.
Además, la apelación insiste en cuestionar la intervención de la jueza Liberatori en el expediente, al igual que lo hizo antes con el magistrado Roberto Gallardo, quien finalmente fue apartado por el Tribunal Superior (TSJ).
“Se encuentra cuestionada la competencia atribuida a este juzgado”, sostuvo el gobierno porteño, que además objetó que para el fallo la jueza haya considerado prueba que está objetada incluso por la máxima instancia judicial porteña.
“La magistrada de grado decidió sobre la base de pruebas colectadas por el juez Gallardo que, por decisión del Tribunal Superior de Justicia, fue apartado de la causa precisamente a raíz de la decisión adoptada en relación a medidas de prueba que no habían sido solicitadas por la parte actora”, subrayó la apelación.
Otro de los argumentos del gobierno de la Ciudad consistió en negar el peligro de detenciones ilegales.
“Los diversos actores presentados en autos aducen que sus representados se encuentran expuestos a ser detenidos ilegalmente y que mediante la utilización del SRFP se introduce un elemento que gatilla el poder punitivo del Estado restringiendo los derechos de los ciudadanos de poder transitar por las calles de la Ciudad. Aun así no presentaron ningún caso concreto”, puntualizó el documento.
En ese contexto, aclaró que “el sistema identifica los datos biométricos y no simples parecidos, no habiendo umbral de error de identificación. (…) Además, la detención no es inmediata. Se la identifica, se valida la identidad, en caso positivo se hace la consulta con el juzgado interventor, que ordena en consecuencia. No se la detiene. Se hace consulta formal in situ con la dependencia judicial competente”.
Ante la denuncia de eventuales falsos positivos, el gobierno porteño explicó que en esos casos la persona “no es trasladada a dependencia policial. En cuestión de unos pocos minutos, el interventor en calle le da soltura en el lugar”.
“Habiendo expuesto los grandes lineamientos de lo que el sistema hace y no hace, se puede concluir que no se advierte el peligro potencial ni real contra las libertades públicas, la libre circulación, la intimidad ni los datos personales que de manera dogmática e infundada el amparista supone ver vulnerados”, sintetizó el escrito.