Costa Urbana

Declararon la nulidad del convenio urbanístico para la construcción de edificios

El acuerdo fue firmado entre la firma IRSA y el Gobierno porteño. La justicia consideró que no se cumplió con la convocatoria a la audiencia pública previa.

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hizo lugar al planteo de nulidad del convenio urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la firma IRSA S.A., con el objetivo de habilitar la construcción de edificios en la ex ciudad deportiva del Club Boca Juniors.

Entre sus argumentos, el magistrado indicó que el convenio remitido por el Poder Ejecutivo a la Legislatura de la Ciudad -donde fuera aprobado por doble lectura- prescindió de la convocatoria previa de la ciudadanía, conforme lo dispone el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad y de acuerdo al Acuerdo de Escazú.

Según el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la celebración de audiencias públicas “es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos".

Por otro lado, el magistrado criticó que la autoridad de aplicación (Secretaría de Planeamiento Urbano) dictó un reglamento que "no prevé ninguna instancia de participación previa a la firma del convenio, lo cual incumple el tratado internacional (Acuerdo de Escazú), la ley 25.675 y la ley marco, directamente prevista por el constituyente (art. 29, CCBA), a la que deben ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas (PUA)".