Distribuidoras de gas permitirán tomar lectura de sus medidores a usuarios
Los usuarios del servicio de gas natural por redes que tengan datos históricos de consumo con menores a un año están facultados a tomar la lectura de sus medidores y remitir a la distribuidora los datos respectivos en carácter de declaración jurada para la facturación. Así lo aclaró hoy el Ente Nacional Regulador del Gas […]
Los usuarios del servicio de gas natural por redes que tengan datos históricos de consumo con menores a un año están facultados a tomar la lectura de sus medidores y remitir a la distribuidora los datos respectivos en carácter de declaración jurada para la facturación.
Así lo aclaró hoy el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) al dar a conocer una Guía para la confección y envío de la Declaración Jurada de consumo de la Resolución 25 dada a conocer días atrás, para implementar se extienda el aislamiento social preventivo y obligatorio.
De esta manera, los usuarios no residenciales y usuarios residenciales nuevos en el servicio, sin histórico de consumo o con datos históricos de consumo menor a un año, podrán tomar lectura del medidor y remitir a la distribuidora los datos respectivos en carácter de declaración jurada.
En el caso de los usuarios de mayor antiguedad al año, el Enargas resolvió que por los próximos 60 días las distribuidoras deberán estimar el consumo para emitir las respectivas boletas, para lo cual deberán hacerlo utilizando como parámetro el menor registro del mismo período de los últimos tres años.
Los usuarios nuevos, en cambio, deberán tomar nota escrita completa de la lectura del visor numérico del medidor, remitiendo la cifra a través de los medios y canales que la distribuidora haya habilitado a tal efecto, con la aclaración que como medida de estricta seguridad en ningún caso deberán tomarse fotos del medidor.
Además de tratarse de una guía de referencia elaborada por el Enargas sobre cómo realizar una lectura de medidor y remitir a la distribuidora los datos obtenidos, en cada distribuidora el aspecto podrá ser diferente.
Así, el ente regulador explicó que los números a tomar nota son aquellos que se encuentran en negro del visor del medidor; con los datos obtenidos, se ingresa al sitio web de la distribuidora a través de la oficina virtual y luego se ingresa al link que habilita la pantalla para la carga de datos, aunque las prestadoras pueden tener otros medios electrónicos que deberán comunicar.
Una vez tomado el estado del medidor, la Resolución 25 establece que al cargar los datos requeridos por la prestadora respectiva se está remitiendo la declaración jurada, por cualquiera de los distintos canales habilitados por una de las distribuidoras.
En cada una de las alternativas ofrecidas por la prestadora, el usuario deberá encontrarse con un formulario de la pantalla, en el que deberán figurar nombre del titular del servicio, número de usuario o cliente, número de medidor, lectura anterior del medidor, y lectura actual del medidor que es el consumo que deberá introducir el usuario y la fecha.
Una vez cumplidos esos pasos se deberá enviar la información en el canal habilitado por la prestadora y de esta manera queda cumplido el envío que adquiere de inmediato el valor de declaración jurada
El regulador aclaró que algunos de los datos necesarios se encontrarán en la factura, tanto papel como digital, referidos a número de cliente, número del medidor, consumo del bimestre actual y de los seis bimestres anteriores y nombre del titular del servicio.