DNU 70/23

Dos diputados presentaron una cautelar contra el artículo que deroga la Ley de Tierras

Los diputados presentaron ante el fuero Contencioso Administrativo una medida para suspender los efectos del punto 154 del Decreto.

Los diputados nacionales Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot presentaron una medida cautelar en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 de la Capital Federal, a cargo del juez Enrique Alonso Regueira, para solicitar la suspensión de los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras (N° 26.737).

La presentación se realizó por derecho propio y en su condición de ciudadanos y habitantes de la Nación contra el Poder Ejecutivo Nacional y busca evitar que, mientras el Congreso se pronuncia sobre la vigencia de la norma, se consoliden como derechos adquiridos las compras de tierras rurales realizadas por extranjeros.

La medida se da luego del fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre, que revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y rechazó la demanda promovida por el CECIM por "falta de legitimación". El máximo tribunal aclaró expresamente que no se pronunció sobre la validez constitucional del artículo 154, ni sobre la intervención que corresponde al Congreso.

Los legisladores señalaron que "como consecuencia de esa decisión, la derogación de la Ley de Tierras volvió a producir plenamente sus efectos" y "actualmente no rigen los límites que la norma establecía para la adquisición de tierras rurales por extranjeros: ni por porcentaje nacional, provincial o departamental, ni por nacionalidad o superficie. Tampoco rige la prohibición de adquirir inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes".

La cautelar busca evitar que las operaciones que puedan realizarse durante este período se consoliden luego como derechos adquiridos. El planteo advierte que, aun si el Congreso rechazara el DNU o si se restablecieran por ley las restricciones, las adquisiciones perfeccionadas durante su vigencia podrían quedar a salvo.

En este sentido, sostuvieron que la derogación de la Ley de Tierras por decreto no reunió las circunstancias excepcionales que exige la Constitución Nacional para el dictado de un DNU. Entre los fundamentos, resaltaron que "el Congreso se encontraba en condiciones de funcionar" y "el propio Poder Ejecutivo remitió el decreto al Poder Legislativo apenas seis días después de dictarlo y el Senado lo rechazó en marzo de 2024".

El escrito plantea también que la tierra rural y los cuerpos de agua constituyen recursos naturales estratégicos, escasos y no renovables, y que el régimen para su disposición debe ser establecido por el Congreso de la Nación.

Ante la urgencia del caso, los diputados pidieron además una medida interina de aplicación inmediata mientras se cumple el trámite previo que debe sustanciarse antes de resolver la cautelar. Subsidiariamente, solicitaron medidas destinadas a preservar el Registro Nacional de Tierras Rurales, mantener la información sobre las adquisiciones realizadas por extranjeros y hacer pública la existencia del proceso judicial.