El Banco Central publicó los nombres de las personas que compraron más de 10 mil dólares

A través de la comunicación “C” 84797, el Banco Central informó quiénes son las personas que compraron más de diez mil dólares mensuales desde que se puso este tope cambiario, y desde ahora no podrán realizar más operaciones sin una autorización previa. Este listado incluye más de 800 nombres, con sus respectivos DNI y número […]

A través de la comunicación “C” 84797, el Banco Central informó quiénes son las personas que compraron más de diez mil dólares mensuales desde que se puso este tope cambiario, y desde ahora no podrán realizar más operaciones sin una autorización previa.

Este listado incluye más de 800 nombres, con sus respectivos DNI y número de CUIT, para quedar bien identificados y que no infrinjan la regulación vigente.

Todas las comunicaciones que se envían del BCRA al sistema financiero son presentadas en la misma web del banco. Es lo que garantiza la transparencia del sistema. De esta manera se notifica a todo el sistema los cambios regulatorios, la información que necesiten tener como así también la suspensión de CUITs”, le explicaron funcionarios a TN.com.ar.

Así, los sistemas del Central notifican automáticamente a las entidades financieras de cualquier cambio que pueda haber. Es un sistema “ciego”, en el sentido de que funciona con total independencia de nombres y que les comunica inmediatamente al resto de las entidades las modificaciones.

Previamente, el Gobierno había descartado que se apliquen nuevas restricciones en el mercado de divisas, pero advirtió que aplicará la ley penal cambiaria a aquellos ahorristas que hayan violado el tope de compra de diez mil dólares mensuales. La medida apunta “a la gente que busca la vuelta para escaparse o para incumplir las reglas”, anunció Federico Pinedo.

El presidente provisional del Senado brindó una conferencia de prensa en la que especificó que “existe la figura penal cambiaria”, la cual será aplicada a los ahorristas que no cumplan con lo dispuesto por el presidente Mauricio Macri en el decreto de necesidad y urgencia 609/2019. Ese DNU, en vigencia desde el 2 de septiembre, estableció que las personas físicas tienen un límite mensual de compra de U$S10 mil. También se fijó que no pueden realizarse transferencias a cuentas en el exterior por encima de ese monto por mes.

Quienes hayan infringido la ley pueden ser sancionados económicamente (por ejemplo, pagar hasta diez veces el montón de la operación en infracción) o, incluso, recibir una condena a prisión de hasta ocho años en caso de reincidir.