Medio Ambiente
El Gobierno bonaerense declaró emergencia hídrica en el Delta del Río Paraná
Lo oficializó en el Boletín Oficial. Es por 180 días e incluye a más de 15 partidos de la provincia de Buenos Aires.
Es de conocimiento público la preocupante situación de la bajante del Río Paraná, que alcanzó valores históricos similares a 1944. En este contexto es que el gobierno de la provincia de Buenos Aires declaró la Emergencia Hídrica en la zona del Delta del Río Paraná.
Esta decisión se oficializó este lunes en el Boletín Oficial mediante el decreto 710/2021. Será por 180 días y comprende por los partidos de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, La Plata y Quilmes.
Asimismo, se creó el Comité Interministerial de Emergencia Hídrica, "a efectos de articular con los organismos provinciales, nacionales y municipales las medidas de prevención, control y mitigación de los efectos producidos por la bajante hídrica y de identificación catastral de las zonas afectadas". Ese Comité será coordinado por un representante de Jefatura de Gabinete e integrado por representantes de los Ministerios de Seguridad, Gobierno, Infraestructura, Desarrollo de la Comunidad, Trabajo, de Desarrollo Agrario, de Producción, Hacienda y Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
En tanto, se le otorgó las facultades a la cartera de Seguridad, "a definir y articular las acciones o medidas necesarias para la gestión de situaciones de riesgo que se susciten en razón de la emergencia hídrica". Se habilitó a que el OPDS "adopte las medidas necesarias para preservar los recursos naturales y conservar, proteger y recuperar reservas y áreas que puedan verse afectadas durante la emergencia hídrica".
Por otra parte, Infraestructura podrá tomar "medidas de intervención necesarias para morigerar los efectos provocados por la bajante hídrica" y Recursos Hídricos podrá "brindar asesoramiento y prestar colaboración". A la vez, al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad se le permite "gestionar y supervisar la asistencia directa a personas víctimas de situaciones de emergencia, en caso de que los acontecimientos produzcan riesgos para los/as habitantes de las zonas alcanzadas por la emergencia".
Desarrollo Agrario podrá "gestionar y supervisar la asistencia a productores y productoras agropecuarios, forestales y pesqueros que vean afectada su producción, capacidad productiva y rendimiento, y a trabajadores y trabajadoras rurales, con el fin de morigerar o mitigar los efectos de la bajante" y Trabajo queda autorizado para "implementar programas y acciones de sostenimiento del empleo en las zonas afectadas por la emergencia hídrica".