Inflación

El Gobierno nacional asiste a los productores de carne que vendan en el mercado interno

Se trata del Programa en Corral. El objetivo es asegurar la oferta de carne vacuna para consumo nacional.

Mediante la resolución 321/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía de la Nación, encabezado por Sergio Massa, lanzó el Programa de Fortalecimiento Productivo Argentina - Sector Bovinos (Programa en Corral), que se financiará con los fondos obtenidos del Dólar Soja.

La iniciativa busca asistir a los productores que ingresen y mantengan el ganado bovino en la modalidad de engorde a corral por un período mínimo de 120 días y a su término, en un plazo no mayor de 30 días, lo remitan a faena para el mercado interno, mediante la asignación de un beneficio económico hasta un límite máximo de 100 cabezas.

El objetivo es asegurar la oferta de carne vacuna para consumo nacional y contribuir a la mitigación del impacto del incremento de los costos de alimentación de su sector productivo.

Podrán ser beneficiarios:

- Estar inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del SENASA.

- Tener declarada como actividad ante la AFIP la “Cría de Ganado Bovino” en cualquiera de sus modalidades, “Invernada de Ganado Bovino”, “Engorde en Corrales” y/o “Producción de leche bovina”.

- Registrar existencias de bovinos al 31 de diciembre de 2022 en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del SENASA en unidades productivas de su titularidad.

- Declarar en forma juramentada, con cada solicitud, el número de los documentos de tránsito específicos DTA o DT-e cerrados con motivo “INVERNADA PROGRAMA EN CORRAL” previstos en el Artículo 17 inciso a) de la presente medida.

- Obligarse expresamente a mantener el ganado bovino sobre el que se asigne el beneficio en engorde a corral por el término mínimo de 120 días y remitirlo a faena para consumo interno en un plazo no mayor a los 30 días subsiguientes, instrumentándolo mediante el documento de tránsito específico del Artículo 17 inciso b) de la presente resolución, cuyo incumplimiento determinará la caducidad del beneficio y la consiguiente restitución de los fondos en los términos del Artículo 13 de la presente medida.

- Dar cumplimiento con el procedimiento establecido por el Artículo 9º de la presente resolución.

En tanto, la vigencia de la convocatoria será de 120 días.

Por otro lado, en total el programa contará con un cupo máximo de 720.000 cabezas de ganado, que se fraccionará en cuatro cupos parciales de 180 mil cabezas de ganado cada 30 días.

Si un productor, sin exceder su tope máximo de 100 cabezas, efectuare una solicitud por un número mayor a la disponibilidad remanente del cupo parcial, se admitirá a trámite la totalidad de la solicitud, descontando del cupo parcial siguiente la cantidad correspondiente de cabezas por las que se asignare el beneficio. Si la solicitud por un número mayor del remanente, sin exceder el tope máximo del productor, fuere efectuada por éste en el último período de vigencia del Programa, el cupo total quedará ampliado hasta cubrir la totalidad de las cabezas por las que el requerimiento fuere declarado procedente.

Cada beneficiario recibirá una compensación económica de $ 5.200 mensuales, por un total de 4 meses, por cada cabeza de ganado bovino que haya ingresado al Programa cumpliendo los requisitos.