El Gobierno permite que parte del aumento del gas se pague luego de las elecciones
El Gobierno oficializó este lunes el pago diferido del aumento del 22% del gas natural para luego de las elecciones generales y de un eventual balotaje. De acuerdo con la Resolución 336/2019 del Ministerio de Hacienda, mediante la secretaría de Energía, y lleva la firma de Gustavo Lopetegui. De este modo se establece de modo excepcional el […]
El Gobierno oficializó este lunes el pago diferido del aumento del 22% del gas natural para luego de las elecciones generales y de un eventual balotaje.
De acuerdo con la Resolución 336/2019 del Ministerio de Hacienda, mediante la secretaría de Energía, y lleva la firma de Gustavo Lopetegui.
De este modo se establece de modo excepcional el diferimiento de pago del 22% en las facturas emitidas desde el 1 de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019. Sin embargo, la resolución no abarca a los usuarios con consumo cero (0) en el referido período de facturación.
Según lo que señaló el Gobierno, la postergación del pago es “en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluído por redes”. En el artículo segundo estipula que los diferimientos indicados serán abonados a partir de las facturas regulares emitidas a partir del 1 de diciembre de 2019 y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Además, el costo financiero del diferimiento será asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio. Esto se cubrirá mediante el pago de intereses a “distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, conforme a la metodología que oportunamente se determine y con los controles previos correspondientes, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de veinte millones de pesos ($ 20.000.000) o superiores a plazos de treinta (30) o treinta y cinco (35) días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina”.
Sin embargo, “los usuarios beneficiarios de esta medida podrán optar por no acogerse a este beneficio, manifestando esa circunstancias ante la prestadora del servicio, en cuyo caso ésta deberá refacturar el total del monto adeudado”.