Hábitat

El Gobierno promulgó la Ley de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina

La norma extiende por un año el Régimen de Blanqueo para la Construcción

El Gobierno nacional promulgó este lunes la Ley N° 27679, de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina. En ese marco, el ministro de Economía, Sergio Massa, participará hoy de un acto con empresarios del sector de la construcción. En el encuentro van a estar presentes el presidente de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU), Damián Tabakman; el secretario general de la Uocra, Gerardo Martínez; el intendente de San Fernando, Juan Andreotti; y el director de la AFIP, Carlos Castagneto.

En un hilo de mensajes en su cuenta de Twitter, Massa anunció que "el lunes se publicará en el Boletín Oficial la promulgación de la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda 27.679, que extiende por un año el Régimen de Blanqueo para la Construcción".

"La reglamentación de la AFIP estará vigente el miércoles y plantea una declaración voluntaria de tenencia de moneda nacional y extranjera. Los fondos alcanzados por un impuesto especial serán del 5% en una primera etapa, vencidos los primeros 90 días será del 10% y luego del 20%", amplió.

Según el ministro, "esta medida de alivio fiscal es clave para impulsar el crecimiento y la financiación de una de las industrias más pujantes del país". "Cuando trabaja la construcción, trabajan las actividades a su alrededor, se crean empleos, se mueve la economía y la Argentina crece", completó.

La ley había sido aprobada el pasado 12 de agosto por el Senado por 35 votos a favor y 26 en contra. Según se desprende de la norma, el alivio fiscal para el sector de la construcción se extenderá hasta el 2023. 

La normativa tiene como objetivo, además, promover el desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de la República Argentina, y estipula que la inversión debe destinarse a obras privadas nuevas, dentro de las que se consideran todas las que al momento de entrada en vigencia de la Ley tengan un avance inferior al 50% de la obra, en tanto que sobre la base del esquema previsto, el blanqueo para la construcción contempla una alícuota progresiva de acuerdo con los plazos en los que se ingrese.

Con respecto a su aplicación, plantea una declaración o voluntaria de tenencia de moneda nacional extranjera. En el caso de los bienes ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y hasta transcurrido un plazo de 90 días corridos, la alícuota que deberán tributar quienes ingresen será de 5%.

Por su parte, los ingresados desde el día siguiente de vencido el primer plazo y hasta transcurridos otros 90 días, tendrán una tasa de 10%. Finalmente, los declarados desde el día siguiente de vencido el segundo plazo y hasta transcurrido 180 días corridos, abonarán una alícuota de 20%.