Economía
El Gobierno reglamentó el procedimiento para acceder al reintegro por compras en carnicerías
El beneficio, que será del 10%, tendrá un tope de $2 mil por mes.
Mediante la Resolución General 5330/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó cómo será el procedimiento para acceder al reintegro del 10% en compras en carnicerías, medida anunciada en la semana por Sergio Massa en el marco de un paquete de medidas para beneficiar al sector de la carne y a estimular no aumente su precio.
El reintegro, que no podrá superar los $2 mil por mes y estará vigente hasta el 31 de diciembre, funcionará para las operaciones que se realicen en los comercios inscriptos en el "Registro de Carnicerías" y que sean abonadas con tarjetas de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526.
Asimismo, en el apartado B -ACREDITACIÓN DEL REINTEGRO. PLAZO Y MODALIDAD-, la resolución subraya que las entidades financieras y los “PSP” serán los encargados de acreditar en la cuenta asociada al pago de la transacción efectuada por el consumidor beneficiario, el monto correspondiente al reintegro dentro de las 96 horas de efectuada la operación de compra.
Por otra parte, en el aparatado C -RESÚMENES DE CUENTA. DATOS MÍNIMOS-, se explica que los sujetos deberán incluir, como mínimo, en cada resumen de cuenta -físico o electrónico- que emitan, los importes efectivamente reintegrados en cada mes calendario con la leyenda “Reintegro Carnicerías Minoristas”, a efectos de su individualización.
Por otro lado, la carnicería que se adhiera al programa podrá descontar el 5% del valor de la factura de compra al frigorífico de su declaración de Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, un saldo que podrá utilizar como crédito. Un dato que alarmó a los funcionarios y que formateó el programa hacia la formalización de las ventas, es que detectaron que cerca de un 90% de la facturación de las carnicerías se realiza en negro.
Para el carnicero el beneficio vendría por el lado impositivo. El plan que apuntala el Ministerio de Economía incluye que aquellos vendedores que estén adheridos al régimen de autónomos tengan un descuento del 90% de la cuota mensual. Es decir, que le pagarán a la AFIP solo el 10% de lo que determine su categoría, de acuerdo a su nivel de facturación.
En su considerando, la documentación explica que los sujetos interesados podrán inscribirse al ‘Registro de Carnicerías’, lo cual les posibilitará acceder a determinados beneficios en el marco de la norma mencionada.
Además, resalta que el Ministerio de Economía determinará el presupuesto asignado para los reintegros correspondientes, no afectándose la coparticipación federal.
El programa respondía a los fuertes incrementos de precios en las carnes que se produjeron en las últimas semanas, razón por la cual el Ministerio de Economía buscó fomentar la compra en carnicerías y sostener el consumo de todas formas.