Agroindustria

El Gobierno reglamentó la ley de promoción de la biotecnología

El Poder Ejecutivo estableció las pautas para acceder a los beneficios de la Ley de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología.

Alberto Fernández firmó el decreto 853/2022, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, por el cual se reglamentó a Ley de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología.

“La biotecnología y la nanotecnología resultan ser actividades claves para el desarrollo productivo de diversos sectores de la economía de nuestro país y resulta pertinente que sigan consolidándose a partir de la aplicación de los resultados de las investigaciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en los procesos y productos de las empresas del sector”, señala el decreto en sus considerandos.

Y añade: “En tal sentido, corresponde adecuar las normas reglamentarias que resulte necesario con el fin de permitir la inmediata puesta en funcionamiento de las previsiones contenidas en la Ley Nº 26.270 y su modificatoria”.

La ley 26.270 de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna fue originalmente sancionada en julio de 2007. En septiembre de este 2022, el texto original fue modificado por la ley 27.685, que pasó a denominarse de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología. 

El nuevo texto sancionado este año por el Congreso prorrogó hasta el31 de diciembre del 2034 el Régimen de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y amplía el alcance de la ley 26.270 al campo de la Nanotecnología. La norma modificó también los beneficios fiscales para ambos sectores para que sean compatibles con la ley de Economía del Conocimiento.

Asimismo, otorgó beneficios a las empresas que realicen inversiones en proyectos innovadores en esta industria; y creó el Registro Nacional para la Promoción de la Nanotecnología. El documento estipuló, a su vez, que quienes accedan al régimen de promoción podrán obtener beneficios de amortización acelerada del Impuesto a las Ganancias en una cuota, devolución anticipada del IVA y el otorgamiento de un bono de crédito fiscal correspondiente al 50% de los gastos pagados destinados a las contrataciones de servicios de investigación y desarrollo (I+D) con instituciones del Sistema Público Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

En relación a la amortización acelerada, la norma establece que será en una única cuota, aplicable al año en que se aprobó la solicitud. Si el bien ya tenía una parte amortizada, esta se tomará por el saldo restante. En el caso de enajenación y reemplazo de un bien, la amortización será por el importe del costo resultante. La ley reglamentada establece beneficios para proyectos de investigación y/o desarrollo como para aquellos destinados a la producción de bienes y/o servicios.