BOLETÍN OFICIAL

El Gobierno reglamentó la reforma laboral que establece la Ley Bases

El Ministerio de Desregulación dio a conocer los detalles de las modificaciones que fueron sancionadas por el Congreso.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la reforma laboral de la Ley Bases, que fue aprobada por la Cámara de Diputados en la madrugada del 28 de junio. Por lo pronto, el Ministerio de Desregulación dio a conocer los detalles de las modificaciones, que serán publicados en las primeras horas del jueves en el Boletín Oficial.  

Según informó la cartera conducida por Federico Sturzenegger, "el profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado a través de la flexibilización de una serie de condiciones", entre las que se destacan "un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para la contratación de empleados independientes y la posibilidad de acordar alternativas para el cese laboral que conformen tanto a los trabajadores como a las empresas".

Los principales ejes incluidos en la reforma laboral

Promoción del empleo registrado: será mediante un "blanqueo" para regularizar las relaciones laborales no registradas o mal registradas (fecha o monto) iniciadas con anterioridad a la publicación de la Ley.

Sistema de cese: A partir de la reglamentación, los sindicatos y la patronal van a poder negociar, en el marco del convenio colectivo, un sistema de cese laboral que reemplace a la indemnización actual contemplada en el Art 245 de la Ley N° 20.744. No se le podrá imponer a la empresa ni al trabajador: deberá ser de mutuo acuerdo.

Trabajador independiente: Se implementa mediante la figura del monotributo. Todos los trabajadores independientes deberán prestar declaración jurada ante la AFIP respecto al carácter independiente de la relación. El trabajador independiente no podrá tener más de 3 trabajadores colaboradores en forma simultánea. No se podrá limitar ni restringir la posibilidad de que el trabajador colaborador realice actividades de forma simultánea.

Simplificación laboral: Busca simplificar el proceso de registración laboral para fomentar la formalidad. La reglamentación establece que el contrato de trabajo se considerará registrado cuando se hubiese inscripto al trabajador en los sistemas de la AFIP; independientemente de quien lo registre (empresa usuaria o empleador). A su vez, se establece que la registración en AFIP dará por cumplido el requisito del libro especial previsto en el artículo 52 de la Ley N° 20.744.

Presunción de contratos de servicios: La Ley Bases invierte la presunción de contrato de trabajo cuando se ejecutan obras o se prestan servicios. A partir de la Ley Bases, si en la contratación de obras o de servicios profesionales se emiten los recibos o facturas correspondientes no se presume que haya un contrato de trabajo. A su vez, la reglamentación establece que este supuesto se aplicará más allá de la cantidad de facturas o recibos emitidos.

Solidaridad: El artículo 92 de Ley Bases le permite a la empresa principal retener parte de los pagos que deba realizar ante el Estado por deudas con el sistema de la Seguridad Social de los contratistas o intermediarios. El decreto reglamenta el procedimiento y límites bajo los cuales la empresa principal podrá realizar esas retenciones.

Periodo de Prueba: Se amplía de 3 a 6 meses. A su vez, permite ampliar este periodo hasta un año siempre que se acuerde mediante convenio colectivo.