SENADO

El Senado convirtió en Ley la moratoria ampliada

Permitirá a autónomos, monotributistas y empresas acceder a un plan de pagos para deudas impositivas y previsionales acumuladas hasta el 31 de julio último

El oficialismo en el Senado convirtió en ley esta noche la nueva moratoria ampliada, enviada por el Poder Ejecutivo, por 41 votos a favor y 28 negativos.
 
La ampliación de la moratoria permitirá a autónomos, monotributistas y empresas acceder a un plan de pagos para deudas impositivas y previsionales acumuladas hasta el 31 de julio último.

El miembro informante del oficialismo y titular de la Comisión de Presupuesto de la Cámara alta, Carlos Caserio, indicó que “esta moratoria tiene un cambio muy significativo” porque se amplía el universo de sujetos a beneficiarse. Además de las pymes, ingresarán “las grandes empresas, esto es razonable porque están pasando grandes dificultades".

"El articulo 13 se refiere a lo que pasa con los que ya se han acogido a la moratoria, pueden seguir con el plan actual o pueden desestimarla y adherirse a la nueva si así lo creen", explicó y agregó que el artículo 15 “invita a las provincias a que establezcan similares beneficios, esto es importante porque buscamos un esfuerzo compartido”.

"Esta moratoria va a ser muy ventajosa para las empresas y los ciudadanos. También va a servir para aliviar las arcas del Estado y darle la posibilidad a los contribuyentes para ponerse al día", cerró.

La ampliación de la moratoria, que busca normalizar deudas por más de $500.000 millones, incluye todas las deudas previsionales, impositivas y aduaneras acumuladas hasta el 31 de julio y contempla premios para los contribuyentes cumplidores.

Establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse, dispone que el primer pago vencerá en diciembre y fija que las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.

La novedad de esta moratoria es que además de las pymes, como en versiones anteriores también están incluidas empresas de mayor envergadura y tamaño, pertenecientes por ejemplo a los sectores agropecuario, industrial, construcción, comercial, servicios y turismo podrán acogerse a los beneficios de la moratoria.

Por otra parte, quedan fuera de la posibilidad de acceder al régimen quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días.