SESIÓN VIRTUAL
El Senado volverá a sesionar de manera remota: hoy se debatirá la ley de alquileres
El proyecto fija nuevas reglas en la relación entre los propietarios e inquilinos.
En una nueva sesión de manera remota, a raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la Cámara de Senadores de la Nación avanzará hoy en la sanción de la nueva ley de alquileres y en el aval a una serie de Decretos de Necesidad y Urgencia firmados por Alberto Fernández, entre los que se encuentra el que amplió las facultades del Jefe de Gabinete y permite la transferencia de partidas presupuestarias sin límite en el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus.
Además, el Frente de Todos buscará rechazar dos DNU del gobierno de Mauricio Macri sobre las escuchas de la Agencia Federal de Inteligencia.
Respecto a la ley de alquileres, se trata de una modificación a diversos artículos del Código Civil y Comercial, que busca regular el mercado de los alquileres a fin de reducir los costos de ingresos para los inquilinos y fijar pautas y topes en los montos mensuales.
Si bien se encuentra vigente el DNU 320/20, que suspendió los aumentos y desalojos por falta de pago hasta septiembre de este año, las modificaciones se aplicarían a los nuevos contratos que se firmen una vez que la ley entra en vigencia.
A grandes rasgos, el proyecto estipula que:
- Los ajustes deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.
- Los contratos se extenderán por un plazo mínimo de tres años, en lugar de los dos actuales.
- Las expensas extraordinarias estarán a cargo del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales.
- Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
- Se puedan presentar diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.