BOLETÍN OFICIAL

Impuesto a las Ganancias: qué dice la resolución que oficializa los cambios

La AFIP publicó la reglamentación y por otra parte indicó que incrementará el umbral de ingresos y rentas.

El Gobierno reglamentó los cambios en el Impuesto a las Ganancias que fueron aprobados por el Congreso Nacional a principios de abril, y a partir del mes próximo (corresponden a los salarios de junio que se cobran en julio) ya no estarán alcanzados por este gravamen los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos bruto. Así lo definió la Resolución General 5008/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Además, también se incrementó el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales: el nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicar en $2.500.000 (el anterior era de $2 millones).

Al respecto, se precisó que el trámite “correspondientes al período fiscal 2020, podrá efectuarse -con carácter de excepción- hasta el 31 de julio de 2021, inclusive”.

Con la firma de la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, se estableció que, “a fin de determinar los montos límites previstos para la aplicación de las exenciones” de Ganancias, tendrá que “considerarse el promedio del monto de la remuneración y/o haber bruto mensual correspondiente al período fiscal anual”.