AFIP
Investigarán a usuarios de billeteras virtuales que superen los $400.000
Algunos contribuyentes tendrán que registrar sus haberes o tendrán sanciones. ¿De qué se trata la nueva normativa?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el mes pasado los topes que se pueden tener en las billeteras virtuales o pagos electrónicos, es por que la mayoría de contribuyentes deberán declarar sus dinero o serán excluidos del monotributo.
Esto se debe a la actualización que se da semestralmente según los números publicados por el INDEC de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor y a las normativas vigentes a partir de la aprobación del Paquete Fiscal y Ley Bases, herramientas que son de ayuda para la regularización del gobierno nacional en la economía.
Sumado a las nuevas reglamentaciones y aumentos que se dieron por administración, es importante recalcar que a partir del mes de septiembre se indaga en profundidad la actividad de los contribuyentes.
El monto límite que se puede transferir sin que investigue la AFIP
Las billeteras virtuales llegaron para salvar la vida de las personas, ejemplos como Mercado Pago o Cuenta DNI son las más comunes dentro del territorio nacional. El organismo tributario a cargo de Florencia Mishari informó que los usuarios que ingresen o egresen montos que superen los $400.000 pesos en septiembre, deberán informar.
Cabe destacar que los sueldos mensuales registrados en el noveno mes del año no tendrán que superar los $700.000.
El paso a paso en caso de tener que notificar
Si se excede los números, la AFIP evaluará la situación fiscal correspondiente de las personas, investigara si es lícito y en el caso de que no lo sea, pedirá la siguiente documentación:
-Recibos de sueldo.
-Comprobantes de haberes jubilatorios.
-Facturas emitidas en los últimos seis meses.
-Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
-Por último, el ente regulador puede tomar la decisión de cerrar la cuenta de los usuarios en las billeteras virtuales y mandar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS)