GANANCIAS

La AFIP analiza prorrogar el vencimiento de Ganancias y Bienes Personales de junio

Le dio más plazo a empresas para cumplir con la obligación. Ahora analiza el mismo beneficio para personas humanas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) evalúa una extensión en los plazos para que las personas físicas presenten la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales, que operan a mediados de junio próximo.

La medida está en estudio luego de que el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont le dio más tiempo a las empresas para cumplir con el trámite obligatorio anual a las empresas, cuyos balances cerraron en diciembre de 2020.

La prórroga para las empresas fue bien recibida por los tributaristas por entender que darán tiempo suficiente para cumplir con la obligación más en tiempos de pandemia. También consideran muy positivo que la AFIP se encamine darle más plazos a las personas humanas.

“A un mes de los vencimientos aún no están disponibles los aplicativos para presentar las declaraciones juradas y las restricciones por el Covid-19 también dificultan las tareas de los contribuyentes y sus asesores”, comentó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios,

El vencimiento anual de Ganancias y Bienes Personales de junio abarca a todos los contribuyentes: si bien los trabajadores en relación de dependencia tuvieron plazo hasta el 31 de marzo para presentar la DDJJ de 2020 del gravamen a los ingresos, es el sexto mes del año cuando “se cierra”.

En cuanto a Bienes Personales, están obligados a presentar la DDJ aquellas personas con bienes en el país o en el exterior valuados en más de $2 millones al 31 de diciembre.

La fecha de presentación de esas DDJJ, que ahora AFIP estudia extender, son clave también para aquellos contribuyentes no alcanzados por Ganancias y que hayan solicitado la devolución del 35% de adelanto de ese impuesto que le cobraron por la compra de dólares y pago de servicios en moneda extranjera, entre septiembre y diciembre pasados.

El mayor plazo para las sociedades busca “garantizar el acceso a distintos beneficios asociados a cambios normativos que fueron incorporados recientemente a los aplicativos” para realizar las declaraciones juradas correspondientes.

Las fechas originales de vencimiento de Ganancias y Bienes Personales para las sociedades estaban establecidas entre este jueves y el 18 de mayo próximo, según la terminación de la CUIT del contribuyente. En tanto el pago del saldo resultante debía completarse entre el 14 y el 18 de mayo.

A horas de que comenzara el vencimiento de la presentación, el ente recaudador dispuso una prórroga hasta fin de mes: el 26 y 27 de mayo, las empresas deberán presentar la DDJJ y realizar el pago del impuesto, según la terminación de la CUIT, dispuso la AFIP.

Por otra parte, la AFIP trabaja en la reglamentación de la ley, sancionada en abril por el Congreso, por la que se eleva a $150.000 brutos mensuales el piso para que trabajadores en relación de dependencia y jubilados estén alcanzados por Ganancias.

La expectativa era que los sueldos que se cobraron en mayo ya incluyeran los cambios, pero eso no ocurrió y tanto las modificaciones como la devolución de los montos retenidos en lo que va del año quedaron para más adelante.

Los cambios, retroactivos a enero último, implican la adecuación y/o incorporación de varias deducciones: las horas extra, los gastos en indumentaria, las erogaciones por concubino o concubina, el costo de guardería o del jardín materno-infantil para los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad, los gastos educativos y una doble deducción por hijos e hijastros con discapacidad.

Además, debe establecer la escala especial para los empleados en relación de dependencia cuyos sueldos brutos sean de entre $150.000 y $173.000. Esto sucede porque la norma incrementó las deducciones especiales para llegar al piso de los $150.000 pero, no modificó el mínimo no imponible. Por lo tanto, quienes cobren ligeramente por encima de $150.000 brutos entrarían al impuesto con una retención que se calcula en el 27%. Para amortiguar ese impacto, el Ejecutivo debe reglamentar un esquema de transición.

También está pendiente la reglamentación de los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, más conocido como Monotributo, el cual eleva las categorías 35,3% y otorga beneficios para aquellos de las categorías más altas con un pase más suave al Régimen General, donde se pagan IVA y Ganancias.