Emergencia hídrica

La AFIP asistirá a los afectados por la bajante del Paraná

La disminución del caudal de agua golpeó fuerte a varias provincias, por lo que el organismo postergó los vencimientos de distintas obligaciones tributarias.

A través de la resolución General 5074/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, quedaron oficializadas la serie de medidas comunicadas este lunes por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El 24 de julio se declaró emergencia hídrica en la cuenca del río Paraná, que afecta a las Provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre los márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú. En este camino, se instruyó a la AFIP a adoptar las medidas que resulten pertinentes respecto de aquellos contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo este su principal actividad.

“Con el objetivo de asistir a las personas, empresas y contribuyentes, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont postergó los vencimientos de distintas obligaciones tributarias”, explicó el organismo recaudador en un comunicado.

Además de esta postergación, la batería de medidas de ayuda incluye la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el primer día de febrero del año próximo.

Entre las obligaciones cuyos vencimientos se postergan (por un lapso de aproximadamente cinco meses en todos los casos) se encuentran los anticipos del impuesto a las Ganancias, del tributo sobre los Bienes Personales y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y también las contribuciones a la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y los monotributistas.

La AFIP precisó que aquellos contribuyentes que hubieran optado por el pago mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago, tales como entidad bancaria o administradora de tarjeta de crédito.

La forma de acceder a estas nuevas medidas de alivio es a través del sitio web de la AFIP, mediante la clave fiscal. Y el plazo para solicitar los correspondientes beneficios expira el 31 de octubre de este año.