Alimentación

La ANMAT prohibió dos marcas de aceite de oliva

Ambos productos estaban falsamente rotulados y carecían de registros sanitarios.

Mediante la disposición 10037/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Aceite de oliva extra virgen - Intenso Premium - marca Dell’ Olivo – Elaborado por Dell’ Olivo S.A”, por "carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al indicar un RNE (Registro Nacional de Establecimientos) inexistente y un RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) correspondiente a otro producto, resultando ser un producto ilegal".

Las actuaciones correspondientes se iniciaron por la consulta de un consumidor en la provincia de Córdoba. Tras un análisis registral, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba descubrió que el RNE que figuraba en el rótulo no existía, y el RNPA correspondía a otro producto denominado “ARVEJAS ENTERAS SYTARI”.

Por otro lado, a través de la disposición 10038/2022, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Organic Olisa Premium Quality - Extra Virgin Olive Oil - Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío - Producto de La Rioja - Industria Argentina”, por "carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otro elaborador y un RNPA inexistente, resultando ser un producto ilegal".

En este caso, la denuncia fue hecha en Entre Ríos por un producto que no contaba con aroma a oliva y el cual al ser sometido al calor emana olor fétido. Se realizó una consulta federal a la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja, la cual determinó que “el código del número de registro no corresponde a la jurisdicción consultada”.