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La ANMAT prohibió el uso de un repelente de insectos
La ANMAT vetó su comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de repelente de insectos por diferentes infracciones administrativas, por lo cual se determinó que el producto era ilegal y, en consecuencia, peligroso para la aplicación en personas.
A través de la Disposición 7112/2024, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT vetó la comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto denominado "GEL REPELENTE DE INSECTOS, marca PRIX ULTRA. Elaborado por Rodriflor SA. Arenales 333, Ramos Mejía. MS y AS Res 155/98. Legajo 2767″, en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.
Además de alertar a los consumidores para que no utilicen el producto, se instruyó a que se inicie un sumario sanitario a los responsables por las distintas infracciones cometidas.
ANMAT prohibió un repelente de insectos: ¿Por qué motivos?
Todo inició con una investigación que se originó a partir de numerosas consultas en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT. La base de datos, perteneciente al Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, no arrojó productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los detallados.
El repelente está inscripto bajo titularidad y elaboración de LABORATORIOS ESME S.A.I.C sin que se hubiera verificado la incorporación como elaborador al establecimiento RODRIFLOR S.A. Cuando se consultó al laboratorio sobre la fecha de elaboración del último lote del producto respondió que esa marca era propiedad de la firma DESCARTABLES CAROMAR S.A. y que el laboratorio nunca participó de su elaboración.
A partir de allí se realizó una inspección en RODRIFLOR S.A. cuyo presidente declaró que la elaboración del producto se realizó para DESCARTABLES CAROMAR S.A., titular de PRIX ULTRA, pero no pudo aportar documentación que diera cuenta de sus declaraciones porque no contaba con los registros de producción y control de calidad de los lotes fabricados, ni con las unidades retenidas en condición de contramuestras.
En virtud de estas irregularidades, la ANMAT ordenó el retiro del mercado de todos los lotes elaborados. Además, se diligenció una inspección de fiscalización de producto en el domicilio de DESCARTABLES CAROMAR S.A. cuyos representantes declararon no haber comercializado ni ordenado a RODRIFLOR S.A. la elaboración de dicho producto.
También se realizaron inspecciones de fiscalización en dos perfumerías ubicadas en provincia de Buenos Aires que fueron indicadas por los denunciantes como sitios de venta de este producto y el resultado de estos procedimientos arrojó que el producto en cuestión había sido comercializado, pero no pudieron hallarse unidades exhibidas para la venta al momento de las inspecciones ni documentación comercial relacionada con el repelente PRIX ULTRA.
La investigación concluyó que el repelente en cuestión fue elaborado por RODRIFLOR S.A. sin la autorización de su titular, DESCARTABLES CAROMAR S.A., y en infracción a los datos consignados al registrar el producto. Además, señaló que el repelente de insectos se encuentra en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser, en consecuencia, un producto ilegal.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó:
Prohibir el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto denominado: “GEL REPELENTE DE INSECTOS, marca PRIX ULTRA. Elaborado por Rodriflor SA. Arenales 333, Ramos Mejía. MS y AS Res 155/98. Legajo 2767″ en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.
Instruir un sumario sanitario a la firma RODRIFLOR S.A. (CUIT 33-70700324-9), con domicilio en la calle Coronel Arenales N° 333, Ramos Mejia, Provincia de Buenos Aires, por los incumplimientos mencionados.