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La ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva

El producto ya no se puede comercializar en todo el territorio nacional hasta nuevo aviso.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración y comercialización de una marca de aceite de oliva en todo el territorio nacional. La medida fue oficializada a través de la Disposición 5752/2024, publicada en el Boletín Oficial.

Este producto carecía de los registros sanitarios necesarios y estaba falsamente rotulado, según la ANMAT, utilizando un número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistentes.

La ANMAT detalla que el aceite de oliva afectado estaba etiquetado con un RNE y un RNPA falsos. Las investigaciones se iniciaron tras una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por un particular que señaló que una presentación de 2 litros del producto, con fecha de caducidad en junio de 2026, no cumplía con la normativa alimentaria vigente. Esta consulta desató una serie de averiguaciones que llevaron a la prohibición del producto.

El INAL consultó con el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA). La respuesta confirmó que los números de RNE y RNPA utilizados en el etiquetado del aceite eran inexistentes. Como resultado, se notificó un Incidente Federal en el SIFeGA y se pidió al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evaluara las medidas a adoptar.

La ANMAT determinó que el aceite de oliva extra virgen de la marca “Valle” era ilegal, ya que infringía varias normativas, incluyendo el artículo 3° de la Ley N° 18284 y artículos del Código Alimentario Argentino (CAA). Al carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado, el producto no podía garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, ni calidad bajo los niveles de control establecidos. Por lo tanto, se prohibió su comercialización en todo el territorio nacional.

Finalmente, la disposición de ANMAT aclara que cualquier producto alimenticio que no pueda ser identificado claramente como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado no podrá ser comercializado ni expendido en Argentina. La prohibición abarca todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento del aceite de oliva “Valle”, además de otros productos que utilicen los números de registro falsos mencionados. Esta medida refleja el compromiso de ANMAT con la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores.