ANMAT

La ANMAT prohibió la comercialización de una miel

La disposición fue publicada hoy en el Boletín Oficial. ¡Enterate de cuál se trata!

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibióhoy a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de una miel.

La Disposición 876/2021 establece la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas digitales del producto: “Miel seleccionada multifloral”, marca Pura, RENAPA N° 1915-7130 y RNR (en trámite), Miel de Chascomús, Vencimiento 15/01/22, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten, por carecer de registros sanitarios y por consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal.

En su considerando señala que “las actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un consumidor en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la promoción y venta en plataformas digitales del producto, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente”.

Asimismo, “el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos consultó el padrón del Registro Nacional de Productores Apícolas- RENAPA y no halló ningún productor con el registro RENAPA N° 1915-7130”.

Por todo esto, ANMAT determinó que “el producto se halla en infracción por carecer de registros sanitarios, por consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.