SALUD

La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva saborizado

La disposición fue publicada en el Boletín Oficial. Se trataba de productos falsamente rotulados.

Por medio de la disposición 6188/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el territorio nacional de alimentos de origen vegetal.

Se trata de los productos rotulados como “Aceite de oliva Clásico”, “Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo” y “Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo”, de la marca La Mia Terra (Registro Nacional de Productos Alimenticios, RNPA: 025 – 13031995. Registro Nacional de Establecimiento, RNE: 13005447). Los alimentos procedían de la provincia de Mendoza, República Argentina.

La medida se efectuó a raíz de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, en relación con la comercialización de los productos anteriormente mencionados. Se realizaron algunas investigaciones con el fin de verificar si el alimento contaba con los registros de producto y establecimiento pertinentes.

Desde DIPA realizaron algunas consultas a través del Sistema de Control Federal de Gestión de Alimentos (SIFeGA). Se informó, entonces, que el “RNE y el RNPA pertenecen a otra razón social, y que ambos registros fueron dados de baja en el año 2014”, describe el informe. Además, agrega que los productos se encuentran “falsamente rotulados” y son en consecuencia “ilegales”.

“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como fueron producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, informa la disposición.

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de artículos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recomienda prohibir la comercialización”, expresa el comunicado oficial.