SALUD

La ANMAT prohibió la venta de un alcohol etílico

El producto carecía de los registros necesarios para su comercialización y distribución. Por tratarse de un producto ilegal, el artículo no podrá ser comercializado en ninguna parte del país.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de un alcohol etílico promocionado como elemento desinfectante y de higiene personal.

Se trata del producto rotulado como “Etalcohol, alcohol etílico 96 por ciento vol. Uso medicinal – elaborado y fraccionado por Argencol Sociedad Anónima (RNPA: 04033369 y RNE: 04033300)”, según figura en la resolución de alcance nacional publicada en el Boletín Oficial.

La denuncia de un consumidor impulsó la prohibición del artículo. El aviso se notificó ante la Dirección y Evaluación de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS). Y, este departamento, consultó al área de Vigilancia Sanitaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

De acuerdo con el informe, ninguno de los registros, tanto el RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) como el RNE (Registro Nacional de Establecimiento), “existían en la base de datos de ese instituto”, indica la disposición 8604/2020.

Y, con el propósito de verificar la habilitación del establecimiento Argencol Sociedad Anónima, presunto titular del producto denunciado, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud consultó la base de datos de la ANMAT y constató que “la firma citada no se encontraba entre los establecimientos habilitados para fraccionar alcohol medicinal (…) por lo tanto, el producto tampoco se encuentra autorizado”, expresa el documento.

“Con el fin de proteger la salud de potenciales adquirentes y usuarios, la Coordinación de Sumarios consideró adecuado tomar una medida sanitaria respecto del producto (…) toda vez que se desconoce su origen por lo que no resulta posible garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, como así tampoco su calidad”, describe el informe.

“Es necesario señalar que el alcohol es un producto que se utiliza sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos, por lo cual es necesario que cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal”, detalla el documento oficial.

El Registro Nacional de Establecimiento (RNE) es un certificado que se le otorga a una empresa que elabora productos alimenticios o suplementos dietarios. Es una constancia que valida al establecimiento y que lo habilita a desarrollar la actividad que previamente declaró.

El Registro Nacional de Productos Alimenticios, en tanto, es un comprobante que se entrega luego de haber tramitado el RNE. En este caso, la autoridad sanitaria correspondiente se ocupa de validar cada producto que se elabora, produce, fracciona, importa o exporta en la empresa.