Salud

La ANMAT prohibió un producto de limpieza y dos marcas de aceites

Se tratan de artículos que carecen de registros sanitarios, por lo que son ilegales.

Mediante la disposición 1678/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes del producto rotulado como: “Weiman Stainless Steel. Clean & Polish, 355 ml. WeimanProducts, LLC. Made in the USA”, por tratarse de un producto domisanitario "que habría ingresado sin cumplir la vía legal de autorización de importación".

Las actuaciones correspondientes se iniciaron tras la denuncia de la marca Wayne Chemical Sociedad de Responsabilidad Limitada sobre la comercialización de un producto domisanitario de origen extranjero carente de sobre rotulo en idioma español con los datos legales exigidos por la normativa de aplicación.

Por otro lado, a través de la disposición 1679/2023, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto “Aceite comestible de girasol marca La Esperanza - Fraccionado por AGROSER Hnos. Buenos Aires – Argentina” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, "por carecer de registros sanitarios y mencionar en el rotulado registros inexistentes, resultando ser un producto ilegal".

En este caso, las actuaciones se iniciaron a raíz de una auditoría llevada a cabo por el Departamento de Fiscalización de la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén, el cual detectó el uso como materia prima del producto mencionado que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Por último, mediante la disposición 1684/2023, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto “Aceite de oliva extra virgen, marca GENCO.con, Producto de exportación”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, "por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE correspondiente a otro establecimiento y un número de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".