boletín oficial

La Anmat prohibió un tipo de tomate triturado y dos marcas de miel

El organismo expresó que los productos no tenían los registros sanitarios correspondientes. Por ende, son considerados “ilegales”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” de un tipo de tomate triturado y de dos marcas de miel, que no reunían los requisitos de registro de producto y de habilitación correspondiente.

Las prohibiciones fueron comunicadas hoy a través de tres disposiciones en el Boletín Oficial. En la primera de ellas, restringió la comercialización del tomate triturado marca “Olifaza”, elaborado y envasado por “Tuxedo SRL para Jorge Faua”, con domicilio en el partido bonaerense de Morón. La Anmat determinó, sin embargo, que el producto tenía datos falsos.

Según indicó el organismo, el producto se encontraba “en mal estado, ya que contenía gas y al abrirlo el contenido fue expulsado del envase”.

En tanto, la Anmat prohibió dos marcas de miel. En el primer caso, se trata de una “Miel floral”, fabricada por la firma “Los Girasoles”, en la localidad de Holmberg, en Córdoba, y que promociona el producto como “0% Azúcar”. Según la disposición 6092, no tenía los registros sanitarios, y utilizaba códigos de RNPA y de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) inexistentes.

Hubo otra situación similar con respecto a otra miel fabricada por una firma patagónica de nombre “Piedra gaucha. Río Aluminé”. En la disposición 6093, la Anmat le imputó la falta de los “registros sanitarios” correspondientes y también la exhibición de un rotulado falso.

A diferencia del caso anterior, la Dirección del municipio de General Roca detectó el producto en un puesto de venta ambulante y lo retiró al encontrar que la información en su rótulo “estaba borrosa”. Según esos datos, tenía su origen en Neuquén, pero desde esa provincia informaron que los datos era inexistentes.

En los tres casos, ANMAT sustentó la decisión de prohibición “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.