Control

La ANMAT prohibió un vinagre y un limpiador desinfectante

Ambos productos carecían de los registros y habilitaciones correspondientes.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó este miércoles en el Boletín Oficial la prohibición de dos productos.

Mediante la disposición 5059/2022, prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución del producto Domisanitario de marca Gropek Clean en cuyo rótulo figura "Limpiador desinfectante, elimina el 99,9% de los virus y bacterias, sugerencias de uso: atomizar para purificar ambientes, como desinfectante y limpiador de superficies y desinfectar heridas menores, producido por Envirolife SRL", por "carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales".

Todo se inició con la consulta de legitimidad de un usuario. En las actuaciones correspondientes se constató que la oferta de productos domisanitarios de la firma no están registrados ante la ANMAT. En tanto, por la leyenda "desinfectar heridas menores" se verificó que Envirolife SRL no consta registro de habilitación en los rubros de medicamentos, productos médicos ni productos cosméticos.

Por otro lado, a través de la disposición 5060/2022, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Vinagre de Sidra de Manzana Orgánico, marca Salvia Morada, Delicias artesanales, Fermentación natural, Sin filtrar, Sin pasteurizar, Dirección Centenario Uruguayo 2030, Lanús Este", por "carecer de registros sanitarios, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Un consumidor realizó una consulta por el producto, a lo que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), realizó las Consultas Federales a los fines de verificar si el establecimiento y el producto se encontraban autorizados; la que informó que son inexistentes. En tanto, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) informó que el producto no puede ser comercializado como orgánico en la Argentina.