La Corte bonaerense revocó el fallo de Casación y los jueces deberán analizar los arrestos domiciliarios
La Suprema Corte de Justicia bonaerense revocó este lunes el habeas corpus colectivo que había dictado el 8 de abril pasado el juez Victor Violini en el Tribunal de Casación y dispuso que la situación de cada detenido sea “reencauzada” para que sea el juez compentente el que lo analice, teniendo en cuenta si el tipo de delito que cometió y […]
La Suprema Corte de Justicia bonaerense revocó este lunes el habeas corpus colectivo que había dictado el 8 de abril pasado el juez Victor Violini en el Tribunal de Casación y dispuso que la situación de cada detenido sea “reencauzada” para que sea el juez compentente el que lo analice, teniendo en cuenta si el tipo de delito que cometió y la situación de la víctima, entre otros factores.
Los jueces Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres tomaron la decisión “con voto unánime y criterio unificado”. Fue después de estudiar el fallo que había dictado Violini, la apelación del procurador general Julio Conte Grand pidiendo que se revoque la resolución y el memo que había presentado el defensor oficial ante la Casación, Mario Coriolano, para que la decisión quedara firme. Ahora, la defensoría podría llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia, tal como lo dejó asentado en su presentación del viernes pasado.
Para el máximo tribunal, Casación “desoyó la directiva de la Corte” dispuesta en su Resolución N° 52 del 25 de marzo del corriente año, en cuanto estableció que es atribución de los jueces competentes evaluar y discernir con arreglo al orden jurídico vigente la adopción de medidas alternativas o morigeradoras respecto de personas privadas de su libertad seriamente amenazadas por la situación pandémica”.
En el fallo, la Suprema Corte reconoció la disponibilidad de acciones judiciales de carácter plurindividual orientadas a remediar la situación de las personas privadas de su libertad y subrayó que no se ignoraba la dimensión colectiva que exhibe la problemática de las cárceles, con hacinamiento y superpoblación. Pero advirtió que los reclamos principales que contiene la demanda formulada ante el juez de Casación Penal no podían ser resueltos en forma colectiva. Incluso, señaló que la respuesta del fallo de Violini ha obviado que, en un mismo grupo de riesgo, existían “una cantidad de diversidades posibles entre cada procesado o condenado”.
Un detalle: en su resolución, la Corte bonaerense sostuvo que está fuera de discusión el contexto de superpoblación y hacinamiento en las cárceles, y la pandemia del COVID-19 que afecta especialmente a los llamados grupos de riesgo.
Pero también advirtió que “en las últimas dos décadas el Congreso ha dictado una gran cantidad de leyes en materia penal” en donde una veintena incluyó nuevos delitos, sumas de calificaciones, elevación de penas y el recorte a las posibilidades del acceso a la libertad condicional. “El diseño de las políticas públicas que repercuten sobre la problemática”, junto a “la asignación de las partidas presupuestarias” y la administración del sistema penitenciario “escapan a la competencia de los jueces”, se resaltó.
Y también exhortó a la Legislatura provincial adecuar a la normativa provincial para la implementación de la Ley de Víctimas, a la vez que recordaron al Ejecutivo de Axel Kicillof la importancia de ajustar las medidas y programas a su cargo de carácter específico para atender la pandemia en el contexto de situaciones de encierro a las recomendaciones y directivas de la Organización Mundial de la Salud.