RÍO NEGRO

La Corte Suprema de la Nación anuló un fallo por no tener perspectiva de género

La Sala A de Cámara en lo Criminal de Viedma no le creyó a una nena que había sufrido un abuso sexual.

Durante marzo de 2013, fue el comienzo de una causa por abuso sexual en la justicia de la provincia de Río Negro, que aún sigue abierta.

A la niña, la Sala A de Cámara en lo Criminal de Viedma no le creyó: puso en duda su relato de los hechos en Cámara Gesell, porque al recordarlos no se emocionó, ni lloró; incluso los jueces cuestionaron que haya bostezado y consideraron que ese gesto era muestra de desinterés por los episodios de abuso.

A pesar de que informes psicológicos descartaron la presencia de elementos fabulatorios, los magistrados sobreseyeron al imputado el 25 de agosto de 2014, por el delito de “abuso sexual agravado por el acceso carnal y el aprovechamiento de la situación de la convivencia preexistente”.

Aquella sentencia absolutoria fue ratificada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro el 25 de setiembre de 2015.

El caso fue apelado por la querella y la defensora general de Río Negro, María Rita Custet Llambí y la Corte Suprema de la Nación acaba de anular la absolución, por falta de perspectiva de género, por apoyarse en afirmaciones dogmáticas y fórmulas estereotipadas, hacer una valoración parcial y aislada de la prueba, incumplir con el deber de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer previsto en la Convención de Belén do Pará y apartarse la jurisprudencia sobre el tema de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los estándares internacionales para el juzgamiento de casos similares. 

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revoca el fallo del Superior Tribunal de Río Negro tiene fecha de junio pero recién trasciende ahora. La firman los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Maqueda. Hacen suyos los fundamentos del procurador Ricardo Casal, en un dictamen que tiene fecha 27 de febrero de 2018. Es decir, hace más de dos años que el máximo tribunal tenía ese pronunciamiento, donde se cuestiona en duros términos el desempeño de la justicia de Río Negro.

El fallo de la Cámara en lo Criminal de Viedma fue firmado por los jueces Carlos Reussi, en su carácter de presidente de la Sala, Juan Antonio Bernardi y Eduardo Roumec.

Ese sobreseimiento fue luego ratificado por la corte provincial, con los votos de Sergio M Barotto, Ricardo A. Apcarian y María Luján Ignazi (como subrogante); en disidencia fallaron Liliana L. Piccinini y Enrique Mansilla: ambos jueces consideraron que se tenía que anular la absolución y creerle a la niña.

La mayoría descreyó de la palabra de la niña porque evaluó que no había correlato emocional entre su declaración y la gravedad de lo narrado en la Cámara Gesell, y su relato era desorganizado, sin estructura lógica, carente de detalles. No le creyeron también porque alegaron que tenía excelentes rendimientos escolares.