Tribunales

La Corte Suprema dispuso el regreso de la presencialidad plena a los tribunales

A partir del miércoles 20 de octubre, solo podrán pedirse licencias extraordinarias quienes se encuentren exceptuados de prestar servicios presenciales, por problemas de salud.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la Acordada 24/21, dispuso el regreso a la presencialidad plena de magistrados, funcionarios y empleados judiciales, a partir de la próxima semana.

La norma prevé como excepciones a la presencialidad a pacientes con inmunodeficiencias congénitas, por VIH o con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; y, pacientes oncológicos o trasplantados con enfermedad oncohematológica, con tumor de órgano sólido en tratamiento o trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Esta decisión que comienza a regir a partir del miércoles 20 de octubre, recae sobre la propia Corte, las Cámaras Federales y Nacionales, los Tribunales que de ellas dependan y los Tribunales Orales Federales, manteniendo la delegación de facultades de superintendencia en las respectivas autoridades con la finalidad de normalizar la prestación presencial del servicio de justicia, por lo que podrán disponer acciones particulares en cada jurisdicción.

Finalmente, se recuerda a todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias a prestar servicios que deben adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte, dictadas por las autoridades competentes y los protocolos establecidos por la Corte.