LEY

La Legislatura bonaerense aprobó la ley de alcohol cero al volante

La normativa fue convertida en ley en la madrugada de este viernes. Contempla penalidades como la retención de la licencia e inhabilitación para manejar. También prevé multas económicas y hasta el arresto del infractor.

La Legislatura bonaerense aprobó la ley de alcohol cero al volante de los vehículos que circulen por el territorio de la provincia de Buenos Aires. De esa manera, se elimina el límite permitido de 0,5 gramos de alcohol en sangre y no se podrá manejar si se consumió alcohol. La nueva reglamentación comenzará a regir a partir de 2023.

El proyecto había sido impulsado por el ministro de Transporte provincial, Jorge D’Onofrio, y modifica la ley 13.927 del Código de Tránsito.

“Logramos un paso fundamental para salvar vidas en la provincia de Buenos Aires. Con Alcohol Cero al volante avanzamos como sociedad en algo tan necesario como cuidarnos entre todas y todos. Hoy, la persona que va a conducir sabe que no tiene que tomar ni una gota de alcohol para hacerlo con responsabilidad”, sostuvo D’Onofrio.

Según el informe anual del Observatorio de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense, durante 2022 hubo se labraron 6162 infracciones por consumo de alcohol en la provincia de Buenos Aires. Además, el alcohol es la principal causa de muerte en menores de 35 años y está presente en uno de cada cuatro siniestros viales.

Alcohol cero: cuáles serán las sanciones

La nueva ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto del infractor, multas económicas y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

Las sanciones varían de acuerdo al grado de alcohol en sangre detectados:

- Quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.

- Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses de inhabilitación para conducir.

- No podrán manejar por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre.

- Quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

La nueva normativa aclara que durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos de alcohol en sangre será sancionada únicamente con la aprobación de cursos especiales de educación y capacitación a la hora de conducir.

De esta manera, la provincia de Buenos Aires se suma así a Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán con Alcohol Cero al volante.