Economía
Monotributo: cómo serán las escalas cuando se apruebe el proyecto de ley que envió la AFIP
La norma establece que este año se ajustarán sobre la base del incremento de la jubilación mínima de 2020, que fue de 35.3 por ciento.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) envió el proyecto de ley por el cual se modifica el proceso de pasaje del régimen de monotributo al de responsable inscripto. Pero, además, establece la forma en que se ajustarán las escalas del régimen simplificado.
El proyecto denominado Régimen Voluntario de Promoción Tributaria del Régimen General establece, en su artículo 15 establece el modelo por el cual se actualizarán las escalas.
Según el texto de la norma “a los fines dispuestos en el artículo 52 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, para la actualización que debe efectuarse en el mes de enero de 2021, se considerará, con efectos a partir del 1° de enero de 2021, la variación del haber mínimo garantizado por el artículo 125 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 y sus modificaciones y normas complementarias correspondiente al año calendario completo finalizado el 31 de diciembre de 2020″.
Según esto, la actualización de las escalas para este año, que se realizará una vez que esté aprobado el proyecto de ley, será en línea con las jubilaciones mínimas que aumentaron por decreto durante el año pasado y lo hicieron en el orden del 35,3% para el 2020. Ese mismo porcentaje es el que se aplicará a cada escala.
“Hasta ahora, en enero, no se ajusta las escalas y puede ser que haya gente que quede fuera del monotributo sólo por inflación porque el salto es muy caro y entonces esta falta de ajuste genera un inconveniente que se busca solucionar con este proyecto en donde ajusta a un valor cercano a la inflación que es más razonable que aplicar el índice de movilidad jubilatoria y se solucionaría ese problema permitiendo que se mantenga en el monotributo quien esté facturando, en términos reales, lo mismo que el año pasado. Todos los valores ahora se van a actualizar, una vez que se apruebe, por ese coeficiente: Ingresos Brutos, todo lo que se facturó, alquileres, el precio unitario máximo que se aplica en las cosas muebles, el impuesto integrado. No a la energía eléctrica o metros cuadrados porque es un monto fijo”, explicó el tributarista Sebastian Domínguez.
Ahora, una vez que comience el proceso de debate legislativo por las comisiones y a la espera de que sea aprobado el sistema mantendrá los mismo valores que en el 2020. Pero, cuando se apruebe se modificará el tope de ingresos anuales, las cuotas mensuales con los componentes tributario y del sistema previsional. “No vamos a tener que esperar hasta julio -que es el segundo llamado de recategorización del año, sino que se hará apenas salga la ley”, explicaron fuentes cercanas a Mercedes Marcó del Pont.