Economía

Oficializaron el régimen de acceso a divisas para el sector energético

Fue a través de un decreto presidencial. La medida había sido anunciada por el presidente Alberto Fernández y el ministro Martín Guzmán el pasado martes.

A través del decreto 277/2022 publicado este sábado en el Boletín Oficial, el Gobierno creó el Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (RADPIP), medida que había sido anunciada el martes pasado por el presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

En los considerando, el decreto argumenta que "el desarrollo del sector hidrocarburífero argentino resulta de crucial importancia para el desarrollo macroeconómico del país, estableciendo las bases de un crecimiento sostenible e inclusivo, de carácter federal, que garantice una expansión secular del empleo, la producción y las exportaciones". Además, "resulta de interés general asegurar el abastecimiento del mercado interno de gas natural y de petróleo crudo", y el país "presenta un déficit persistente en la balanza comercial energética, donde las importaciones de gas y de gasoil explican mayormente la canasta importadora de nuestro sector energético".

El RADPIP busca ser un instrumento que "posibilite enfrentar la crisis energética global, explotando las oportunidades de desarrollo que se derivan de contar con la segunda mayor reserva de shale-gas y la cuarta de shale-oil del mundo".

Para ello, "el abastecimiento de gas natural con recursos provenientes de yacimientos nacionales requiere un incremento en la capacidad de transporte del sistema de gasoductos troncales". Por eso se avanzó en la construcción del gasoducto Néstor Kirchner. A partir de ello, "es necesario generar mecanismos que abastezcan al sector de las divisas necesarias para que desarrollen las inversiones en el segmento de exploración y de explotación, de manera de incrementar la producción y resolver así la necesidad de autoabastecimiento local con la mayor celeridad posible".

"El desarrollo del sector hidrocarburífero en todas las cuencas productivas del país y la cadena de valor involucrada deben desarrollarse bajo las premisas de garantías en la explotación y la utilización racional de los recursos, para lograr tanto el autoabastecimiento del mercado interno como la progresiva sustitución de importaciones de gas natural y combustibles, conjugándolo con la generación de saldos exportables", agrega el decreto.

Asimismo, la medida es argumentada por el lado de que "la producción incremental y el acceso a divisas habilitará el impulso del sector, para posibilitar luego la industrialización del gas natural, del petróleo crudo y de sus derivados, promoviendo e incrementando el valor agregado regional y nacional en la cadena de valor de la actividad hidrocarburífera".

Los detalles del Régimen

La flexibilización del cepo garantiza a las empresas la libre disponibilidad de dólares si logran aumentar la producción de petróleo en un 20% o un incremento del 30% en proyectos vinculados al gas natural en todas las cuencas de Argentina y en comparación con los valores correspondientes al 2021.

De esa manera, quienes logren dichos objetivos podrán contar con libre disponibilidad de divisas para girar al exterior o pagar deudas. 

En cuanto a los incentivos, el decreto aclara en su Capítulo 2 artículo 6 que “se define como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) al 20% de la producción incremental trimestral” de crudo. A su vez, en el artículo 15 detalla que el Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) será del 30% de la producción de gas natural.

Para ambos casos, se detalla que habrá porcentajes adicionales “para aquellos beneficiarios que, en el año anterior, hayan podido contrarrestar el declino técnico”. El adicional también será aplicado por la cobertura del mercado interno, incremento en la producción en pozos de baja productividad, y contratación de empresas locales de servicios especiales.