Educación
Oficializaron la extensión a menores de 16 y 17 años de las becas Progresar
La publicación en el Boletín Oficial argumenta que es una medida adicional para apoyar el programa "Volvé a la escuela".
A través del decreto 857/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó la extensión de las becas Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar) a adolescentes de 16 y 17 años, medida que había sido anunciada por Alberto Fernández y la titular del ANSES, Fernanda Raverta.
"La particular situación socioeconómica que enfrenta el país como consecuencia de la pandemia requiere la adopción de medidas adicionales orientadas a la contención y retención en el Sistema Educativo, especialmente de los grupos que enfrentan mayor vulnerabilidad, como los adolescentes jóvenes de 16 y 17 años que se encuentran en riesgo de abandonar sus estudios, las y los que los han discontinuado de manera significativa y las y los jóvenes adolescentes que han dejado de asistir a la escuela, para los cuales el Ministerio de Educación ha creado el Programa 'Volvé a la escuela'", argumenta la medida.
Otra de las acciones que dispuso el decreto es la ampliación de las becas a personas hasta 30 años en estudios en educación superior, y flexibilizaron requisitos.
De esta manera, para acceder al Programa, se requerirá:
1. Para la finalización de la educación obligatoria:
a) Acreditar identidad, mediante Documento Nacional de Identidad.
b) Ser argentino nativo o argentina nativa, o por opción o residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años previos a la solicitud.
c) Cumplir con las condiciones de matriculación, académicas y de asistencia a una institución educativa pública que establezca oportunamente el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
2. Para cursar educación superior o un curso de formación profesional:
a) Acreditar identidad, mediante Documento Nacional de Identidad.
b) Ser argentino nativo o argentina nativa, o por opción o residente con una residencia legal en el país no inferior a CINCO (5) años previos a la solicitud para educación superior o a DOS (2) años para formación profesional.
c) Acreditar la asistencia a una institución educativa pública debidamente acreditada.
d) Cumplir con las demás condiciones académicas que establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.