Agro

Oficializaron la renovación del dólar soja

Se trata del Programa de Incremento Exportador, que regresa transitoriamente para quienes hayan vendido granos en los últimos 18 meses.

El Programa de Incremento Exportador (PIE)regresa para quienes hayan exportado en algún momento de los últimos 18 meses, mientras que quienes accedan al beneficio deberán realizar la venta antes del 30 de septiembre.

El Gobierno restableció por este mes "de manera extraordinaria y transitoria" el Programa de Incremento Exportador (PIE) para la soja, con la particularidad de que, en lugar de determinar un tipo de cambio diferencial, el estímulo estará en que los exportadores tendrán libre disponibilidad sobre el 25% de las divisas que liquiden.

A través del Decreto 443/2023 publicado en el Boletín Oficial, se restableció el denominado dólar soja creado por el Decreto 576 del 4 de septiembre del año pasado, para "aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto".

Para el caso de los sujetos que efectúen operaciones de exportación de mercaderías que requieran de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) "se consideran incluidas, en el marco de lo dispuesto en esta medida, aquellas previas o posteriores a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, aun sin estar perfeccionadas, así como la compraventa con precio en pesos a fijar".

El decreto precisó que "el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías, incluidos los supuestos de prefinanciación o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, que sean objeto de adhesión al Programa, deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), en tanto que el 25% restante será de libre disponibilidad".

También indicó que "los sujetos que adhieran al presente Programa, y que les resulte aplicable, deberán liquidar las divisas que ingresen a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de setiembre" próximo.

En el caso de quienes requieren DJVE, deberán "efectuar por el 100% de todas las divisas, la registración de la Declaración Jurada hasta el 30 de setiembre de 2024".

Respecto de los derechos de exportación, "deberán abonar una suma en concepto de adelanto, en un plazo que no podrá superar el 28 de setiembre, considerando como base imponible el monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas a través del Mercado Libre de Cambios (MLC)".

El objetivo que persigue la reinstalación del PIE es dotar de materia prima al complejo sojero, fuertemente afectado por la sequía.

Entre sus considerandos, el decreto mencionó que la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) publicó recientemente que la molienda de soja en el primer cuatrimestre de la campaña es la más baja desde 2007 y 2008, mientras que la capacidad ociosa de la industria se muestra en ascenso.

De hecho, el informe de la entidad bursátil, desde abril hasta la fecha el procesamiento de soja totalizó 11,9 millones de toneladas, la marca más baja desde la campaña 2007/08, cuando el crushing se ubicó en 11,5 millones de toneladas.

La principal razón que explica este bajo nivel de actividad radica en la caída del 50% de la cosecha de soja en esta campaña respecto del ciclo anterior hasta las 20 millones de toneladas, cuestión que recortó en la misma proporción la disponibilidad de mercadería para procesar y elaborar harina, pellets y aceite de soja, los tres principales productos de exportación de nuestro país.