PRESENCIALIDAD
Ordenan al Gobierno porteño a no computar faltas a los alumnos que no asistan
A la espera de la resolución de la Corte Suprema, el juez porteño Guillermo Scheibler ordenó que no se computen faltas a los estudiantes que no concurran a clases.
Tras el fallo de la justicia porteña que habilitó las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires a pesar de las restricciones del Gobierno Nacional, este martes el juez Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo porteño Guillermo Scheibler, ordenó no computar faltas a los alumnos que no asistan a la escuela.
El magistrado ordenó al Gobierno de la Ciudad que "se abstenga de computar las faltas y/o quita de vacantes de los alumnos cuyos padres resolvieran la no concurrencia de sus hijos a las escuelas hasta que no quede saldado el conflicto judicial" por la presencialidad en el distrito.
El juez, además, le pidió a la administración porteña que "adopte las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual del colectivo involucrado", indicaron fuentes judiciales.
El fallo solicitó adoptar estas medidas "hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto a la constitucionalidad del artículo 2º del DNU 241/2021 o hasta el cumplimiento del plazo dispuesto en ese artículo, lo que ocurra primero".
Es que, tras el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires en favor de la presencialidad de las clases en el distrito, la Corte Suprema de Justicia se declaró "competente" para dirimir el conflicto, por lo que el máximo tribunal resolvió correr vista del expediente a la Jefatura de Gabinete de la Nación para que, en un plazo de cinco días, conteste y aporte las pruebas que considere pertinentes.