Orden judicial

Ordenan al Gobierno porteño garantizar vacante en escuela a un niño de tres años

El juez Francisco Ferrer hizo lugar al amparo presentado por una madre a la que le Gobierno porteño no adjudicaba vacante para su hijo en un jardín maternal público cercano al lugar de residencia.

Un juez porteño ordenó al gobierno de la ciudad de Buenos Aires garantizar una vacante a un niño de 3 años en un jardín maternal público de jornada completa luego de que la madre rechazara otras escuelas que le ofrecía el sistema informático porque quedaban lejos de su domicilio.

El juez en lo contencioso administrativo y tributario Francisco Ferrer hizo lugar al amparo presentado por la madre y aseguró que la falta de vacantes en el nivel inicial "fue reconocida por el gobierno de la Ciudad" en otra causa, informó el sitio i-judicial.

En este sentido, el juez precisó que el acceso a vacantes en el nivel inicial "constituye una oportunidad única y fundamental para revertir los impactos de la pobreza en los niños y niñas y nivelar sus potencialidades educativas" y señaló que "las trabas en el acceso a la educación inicial conducen a una desigualdad de oportunidades".

La madre del niño, según consta en la causa, había prestado conformidad respecto a dos establecimientos que quedaban cerca de su domicilio pero el sistema informático del Gobierno porteño le impuso otros jardines maternales.

Al solicitar que no se tomara en cuenta estos jardines que se le habían impuesto, el sistema informático le negó una vacante, por lo que inicio la acción de amparo.

En la causa, el Gobierno porteño respondió que el menor de edad "está en lista de espera" en la escuela que seleccionó como primera prioridad y que el área de Educación "revisará su situación si ocurren nuevas vacantes".

En su resolución, el juez consideró que "puede ocurrir que la denegatoria de la vacante no haya contemplado la situación de vulnerabilidad del menor solicitante o que no haya atendido a la afectación del derecho a la igualdad que se produciría respecto de dicha familia".

Y añadió que mientras para las madres y padres no es obligatorio enviar a sus hijos antes de los 5 años a la escuela "para el Estado local es una obligación asegurar y financiar la educación pública inicial durante ese período y, por lo tanto, brindar vacantes escolares a todo padre o madre que así lo elija".

Ante ello, el juez ordenó a la Ciudad "garantizar una vacante en un plazo de tres días en un jardín que se encuentre a un máximo de dos mil metros del domicilio indicado por la actora".