Otro revés para Ernesto Kreplak: A una semana de recibir un fallo en su contra fue denunciado penalmente
Es por haber intervenido indebidamente el Sindicato SOEME e impedir el funcionamiento institucional interrumpiendo el mandato de la comisión directiva elegida por los afiliados A una semana del fallo de la Cámara Nacional del Trabajo que lo apartó de la toma de decisiones en el Sindicado de Obreros de la Minoridad y Educación (SOEME), el […]
Es por haber intervenido indebidamente el Sindicato SOEME e impedir el funcionamiento institucional interrumpiendo el mandato de la comisión directiva elegida por los afiliados
A una semana del fallo de la Cámara Nacional del Trabajo que lo apartó de la toma de decisiones en el Sindicado de Obreros de la Minoridad y Educación (SOEME), el juez federal a cargo del juzgado 3 de La Plata Ernesto Kreplak fue denunciado penalmente por el ingeniero, empresario y sindicalista Marcelo Balcedo por abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y usurpación de funciones. Este último delito remite al artículo 246 inciso 3 del código procesal penal, en virtud de que el ingeniero Balcedo fue apartado de su cargo como secretario general elegido democráticamente por los afiliados del SOEME sin haber tenido un juicio previo que demostrase culpabilidad o inocencia ante los hechos que comenzó a investigar Kreplak en 2017.
La causa contra el SOEME se inició por un requerimiento de la AFIP entre el 2012 y 2013, para poder disponer de toda la documentación relevante al manejo del sindicato, en el contexto de una de las tantas inspecciones que suele realizar la Agencia Federal de Ingresos Públicos. Sin embargo, fue la misma AFIP la que tiempo después reconoció ante el juzgado 3 de La Plata que encabeza Ernesto Kreplak, que no existía ningún tipo de interés fiscal, es decir que no había ninguna pretensión fiscal pendiente de satisfacción por parte de la entidad sindical (SOEME). Pese a ello, el juez optó por darle un giro a la investigación, desnudó el verdadero objetivo procesal, y según detalló Balcedo en la denuncia, direccionó la investigación de forma arbitraria hacia su persona y sus seres queridos.
“El 23 de enero de 2018, el denunciado (Kreplak) solicitó mi extradición por exhorto a la Juez a cargo del juzgado de primera instancia en lo penal especializado en crimen organizado de 4to. turno de Montevideo. Ese pedido, convalidado incluso por mi parte, recibió favorable acogida el 7 de marzo de 2018 por las autoridades judiciales de la República Oriental del Uruguay empero mi extradición fue diferida hasta el momento en que encontrase conclusión el proceso penal que se me sigue en aquél país (cuestión que, evidentemente, resulta ajena a mi voluntad).”, expresó el ingeniero Balcedo en relación a su situación actual.
“El 29 de enero de 2018, Kreplak decidió disponer la ‘intervención’ del Sindicato. En esa misma resolución ordenó la conformación de un Cuerpo Colegiado de Intervención Judicial y se permitió decidir dicha conformación postulando incluso que ese cuerpo tendría todas las funciones de gobierno, administración y fiscalización interna establecidas por los estatutos societarios del SOEME”.
En la denuncia se explica cómo Ernesto Kreplak suspendió el ejercicio de las funciones estatutarias a las autoridades del gremio, cuyo mandato se encuentra todavía vigente y está legitimado por el voto de los afiliados hasta diciembre del 2020.
“El denunciado Kreplak, aún reconociendo la vigencia del mandato de las autoridades del SOEME que fueran democráticamente electas por los afiliados, decidió la suspensión de sus funciones y, seguidamente, asignó esas funciones a un ‘cuerpo colegiado’ formado a su arbitrio y que nada tiene en común con el deseo y el interés de los afiliados”, expresó el ingeniero Marcelo Balcedo en su denuncia penal contra Ernesto Kreplak.
En el escrito, además, se detalla cómo el magistrado platense especuló con la declaración de algunos testigos como la del contador del SOEME Peccollo.
Hace una semana, la Cámara Nacional del Trabajo fundamentó el fallo en el cual le dio la razón al ingeniero Marcelo Balcedo con respecto al mal procedimiento del juez Kreplak en la intervención del SOEME, aludiendo que “aún ante la situación procesal en que se encuentra Balcedo quien fuera el Secretario General del S.O.E.M.E., no se debería permitir sustraer de la voluntad de las y los afiliados, el destino del Sindicato. Apartado éste de la asociación gremial, esta función entiende que resulta más coherente con los principios de libertad sindical y el principio de “no injerencia” de los poderes públicos (art. 6 antes citado), mantener a las autoridades producto de la autonomía colectiva emergente de un acto electoral, que suscitar una intervención desde el poder estatal”.
En el escrito, el empresario fundamenta el incumplimiento del artículo 248 del mencionado código penal que especifica el abuso de autoridad, y también se cita el contenido del artículo 249 que identifica el proceder de un funcionario público.
De esta manera, Ernesto Kreplak quedó expuesto dos veces en menos de una semana: primero por la Cámara Nacional del trabajo y ahora por el propio ingeniero Balcedo, quien al haberlo denunciado penalmente lo obliga a tener que explicar su accionar ante un tribunal.