ahora define el juez

Para la fiscal, Diego Santilli no debe encabezar la lista libertaria en reemplazo de Espert

Es el candidato que propuso el Gobierno, luego de bajar al economista por su escándalo judicial. La segunda de la lista es la ex modelo Karen Reichardt. Ahora falta la decisión de Ramos Padilla.

La fiscal federal de La Plata con competencia electoral, Laura Roteta, se pronunció sobre el nuevo orden en la lista de candidatos a diputados nacionales por la provincia de Buenos Aires de La Libertad Avanza y opinó que Diego Santilli no debe encabezar la lista tal como propuso el Gobierno nacional. Ahora debe definir el juez Alejo Ramos Padilla.

Según pudo saber Clarín de fuentes judiciales, la representante del Ministerio Público Fiscal entiende que Santilli no tiene que ser el primer candidato de la lista tras la renuncia de José Luis Espert, en función de la “interpretación que hay que hacer desde una perspectiva constitucional sobre el principio de igualdad de género”.

La segunda en la lista de La Libertad Avanza para las elecciones del 26 de octubre en la provincia de Buenos Aires es la exmodelo Karen Reichardt. Para algunos sectores políticos y judiciales, debería ser ella y no Santilli quien encabece, corriendo todas las candidaturas un casillero para arriba.

La presentación del Gobierno

Los abogados del oficialismo Alejandro Carrancio, Juan Osaba y Luciano Gómez Alvariño se presentaron este lunes a las 13:30 ante el juzgado de Ramos Padilla, tras los anuncios realizados por Espert el domingo por la tarde desde las redes sociales.

En el escrito hay dos planteos concretos: por un lado, el pedido de aceptación de Santilli como reemplazante de Espert y en segundo término, la solicitud de reimpresión de la Boleta Única que se utilizará el 26 de octubre. Este último aspecto lo resolverá la Junta Electoral Nacional Distrito Buenos Aires.

En relación al primer aspecto, es competencia exclusiva del juez federal de La Plata la resolución sobre el reemplazo que propone La Libertad Avanza, es decir, respecto a si corresponde o no que Santilli.

Por ese motivo, el magistrado pidió previo a resolver la opinión de la representante del Ministerio Público Fiscal.

La Libertad Avanza sostiene que Santilli debe encabezar la lista en función del decreto de promulgación de las reformas al Código Nacional Electoral, que en su artículo 7 indica que cuando un “precandidato o precandidata o un candidato o candidata oficializado u oficializada falleciera, renunciara, se incapacitara permanentemente o fuera inhabilitado por cualquier circunstancia antes de la realización de las elecciones” será reemplazado “por la persona del mismo género que le sigue en la lista”.

Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal entiende que esa interpretación no es correcta. Fuentes judiciales explicaron a Clarín que el Artículo 7 del Decreto Reglamentario sobre Paridad de Género en cargos de representación política, contempla la “discriminación positiva a favor de las mujeres”. Es decir: para la fiscal, corresponde que Reichardt, la segunda en el lista, sea ella quien encabece la lista.

“Ante la renuncia del primer candidato de la lista de Diputados/as nacionales por la Provincia de Buenos Aires (y de dos candidatas mujeres más), no corresponde poner a otro varón en el primer lugar como pidió la alianza. En cambio, se propone el corrimiento “natural” de la lista: sube la persona que estaba segunda, una mujer, y así sucesivamente, manteniendo la alternancia mujer-varón que ya tenía -y que por ley debe tener- la nómina original”, señaló la fiscal.

Al momento de justificar porqué se dictaminó de esa manera, se señaló que la Constitución Nacional (art. 37) en su conjunto (como bloque de constitucionalidad: Convención CEDAW y Belém do para) “establece la necesidad de que los Estados tomen medidas afirmativas para garantizar la igualdad real de representación política de las mujeres. Por eso las reglas que contienen la ley de Paridad de Género (plasmadas en el art. 164 del Código Nacional Electoral y en el mismo sentido el art. 7 del decreto 171)”.

Ese conjunto de normas reglamentan “ cómo deben hacerse los reemplazos en casos de vacancias, deben interpretarse como una acción afirmativa para garantizar esa igualdad de género”.

En este sentido, señaló la fiscal Roteta que las reglas de paridad que establecen “cómo deben configurarse las listas no son un trámite formal y burocrático (para que las mujeres continúen relegadas con candidaturas meramente testimoniales), sino reglas que existen para corregir desigualdades estructurales e históricas y asegurar que las mujeres tengan oportunidades reales de ocupar cargos”.

Bajo esa misma argumentación, señaló que “eeemplazar a un varón renunciante por otro varón en el primer lugar vaciaría de sentido ese objetivo y ampliaría la brecha que la ley busca achicar. Implicaría tolerar que el remedio (paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido“.

Por eso, dictaminó la representante del Ministerio Público, “cuando la situación contraría el espíritu de la ley, es decir, cuando no beneficia al colectivo vulnerado que se intenta proteger la interpretación de que tiene que subir el varón del tercer lugar al primero podría representar una perspectiva desfavorable hacia las mujeres”.

La solución que respeta el espíritu de paridad de estas leyes, “conforme los principios constitucionales, es priorizar a la titular mujer que ya estaba en el puesto”, expresó..

Según la información a la que accedió Clarín, la fiscalía consideró que hacer lugar al pedido de LLA sería “desconocer el criterio” implementado en otras circunstancias al contemplar el Artículo 7 que responde a “acciones afirmativas y concretas para revertir situaciones de desigualdad estructural de las mujeres en la participación política del país para ocupar cargos electivos, en este caso legislativos".

Como contó Clarín, en la Cámara Nacional Electoral hay jurisprudencia al respecto. Un voto de 2019 del juez Alberto Dalla Vía se había pronunciado de la siguiente manera: “la aplicación directa de la pauta de sustitución por personas del mismo género no puede utilizarse sin considerar su contexto constitucional, las particularidades de cada distrito y, agregamos aquí, las particularidades de cada caso”.

No es el único antecedente que citó la fiscal Roteta en su dictamen frente al cual debe responder el juez Ramos Padilla.

En esa misma línea, la representante del Ministerio Público recordó otro escrito de 2024 donde explicó este tipo de normativas que velan por la paridad de género, implican “acciones afirmativas tendientes a reparar desigualdades estructurales entre varones y mujeres” no pueden resultar “como una regresión para, justamente, los derechos que pretende promover, desarrollar y expandir”.

El listado que rechaza la fiscal

El orden propuesto por La Libertad Avanza y que rechazó la fiscal Roteta es que a través del corrimiento ascendente Diego Santilli sea el reemplazo de Espert, y después el resto de los candidatos varones de forma ascendente, así como las mujeres para alternarlos y que no queden dos mujeres seguidas en la boleta.

Para que esto ocurra, LLA había argumentado en el escrito dos modificaciones en el orden que aprobó y oficializó la justicia electoral: Lucía Bernardoni ocupará el puesto 34 y María Gabriela Gobea el quinto puesto.

La lista presentada y que podría peligrar es la siguiente: Diego Santilli, Karina Vázquez (el apellido real de Reichardt), Sebastián Pareja, Gladys Humenuk, Alejandro Carrancio, Johanna Longoria, Alejandro Finocchiaro, Miriam Niveyro, Sergio "Tronco" Figliuolo, Gisela Castelnuovo, después continúa el listado.