etiquetado frontal
Pese a la Ley, las empresas siguen haciendo vericuetos para confusión del cliente
Ya rigen los sellos octogonales para advertir sobre la calidad de los alimentos, pero no todos los envases los tienen y los que lo tienen son muy confusos.
Un estado de confusión acompaña los avances en el cumplimiento de la ley de etiquetado frontal, sancionada en octubre de 2021. Si bien varias empresas ya adaptaron sus envases y se ven los sellos negros en góndolas de supermercados y almacenes, muchos productos que deberían tenerlos no los tienen. Incluso el mismo producto puede aparecer con y sin los octógonos o rectángulos de advertencia de exceso de nutrientes críticos o calorías y edulcorante, respectivamente.
Las estrategias de algunas compañías para engañar a los consumidores acentúan la confusión. Algunas se pueden ver en los huevos de Pascua. El "doble frente" es otra manera de disimular el sello. Un aspecto positivo es que hay productos que fueron reformulados por las marcas para que no contuvieran etiquetas. En esta nota de Página/12, la Secretaría de Acceso a la Salud y las organizaciones que militaron la ley aportan claridad al tema.
Las razones de la falta de sellos
Hace un año, el 23 de marzo de 2022, el Gobierno aprobó la reglamentación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (27.642). El 16 de febrero pasado venció la prórroga solicitada por fabricantes de grandes empresas. "Los sellos no se ven de manera pareja en todo el país. Lo que sucedió es que el Instituto Nacional de Alimentos, en el manual de aplicación de la ley, interpretó a favor de la industria: que debía producir a partir de cumplido ese plazo exhibiendo los sellos.
Una cosa es que a partir de determinada fecha todo lo que haya en góndolas tenga que tener etiquetado, y otra cosa muy distinta es que a partir de tal fecha las empresas deban producir con los sellos", cuestiona el licenciado en Nutrición Ignacio Porras, director de la Sociedad Argentina de Nutrición y Alimentos Reales.
Sandra Tirado, secretaria de Acceso a la Salud, confirma que "la obligatoriedad de incorporar los sellos corre a partir del 17 de febrero, es decir que los productos fabricados después de esa fecha tienen que llevarlos". Los mismos productos pueden tenerlos o no porque "la ley prevé el agotamiento de stock" para "evitar el desperdicio de alimentos". "Es dable destacar que algunas empresas comenzaron a elaborar con sellos antes de esa fecha", suma la funcionaria.
Por otro lado, recién el 19 de agosto vence la prórroga pedida por las pymes: "Todavía no están obligadas a incorporar los sellos correspondientes". Esta es otra de las razones de la complejidad del escenario actual: la 27.642 es una norma que "se implementa gradualmente".
"Varias cosas se superponen en este momento. ¿Qué le pasa a una persona cualquiera que hoy va al súper y encuentra cada vez más productos que exhiben sellos? Genera una sorpresa, un shock; te invita a hacerte preguntas sobre lo que estás eligiendo. El problema es que encontrás productos con y sin sellos. Y que hoy un producto no los tenga no quiere decir que sea una opción más saludable y nutritiva", expresa, por su parte, Andrea Graciano, docente de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la UBA. "Estamos en una implementación gradual, yendo hacia una plena. Las personas quizás no lo saben, entonces pueden confundirse. Que un producto no tenga sellos puede ser por esto, porque se elaboró antes de que fuera obligatorio para la empresa colocar los sellos correspondientes o porque la empresa está incumpliendo", resume la nutricionista.
"Las grandes empresas generaron un stock hasta el día anterior al 17 de febrero, lo conservaron, y así se generó una dilación en la aparición de los sellos. A través de ofertas, promociones y compra en gran volumen pueden usar los depósitos de los supermercados como extensión de los suyos", señala Porras. Mirar la fecha de elaboración podría aportar una pista al consumidor que desee despejar variables, pero "no es obligatoria y puede estar codificada dentro del famoso lote".
"No sabemos a qué empresas se les dio la prórroga, a pesar de que hicimos pedidos de acceso a la información pública", cuenta Graciano. Ante la consulta de precisiones por parte de este diario, Tirado responde que 1657 firmas solicitaron prórroga. Once por ciento son grandes marcas y pymes Tramo II; 89 por ciento, pymes Tramo I y pequeñas empresas.
Hay que tener en cuenta que las grandes marcas son pocas: el 74 por ciento de la facturación de las góndolas está en manos de tan sólo 20 corporaciones, de acuerdo a un informe de CEPA (2021). Por eso, Porras insiste en que la prórroga otorgada a las pymes es un dato de poca relevancia para explicar la ausencia de octógonos y rectángulos en los envases. El plazo máximo de la implementación se cumple el 20 de noviembre para toda la industria, a excepción de envases litografiados, con plazo máximo hasta el 20 de mayo de 2024.
La Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran) viene haciendo un monitoreo en todo el país. La aplicación de la ley es más lenta por fuera del AMBA. "Pero los sellos gradualmente están apareciendo. En las provincias la presencia de pymes es más fuerte y vemos voluntad de adecuación. No todo es sumamente negativo. Tenemos fe en que a lo largo del año la ley termine de implementarse de manera total, completa y correcta", dice Ana Cáceres, de la Federación.
Graciano se indigna con los "artilugios" de la industria en la previa de las Pascuas: "Está haciendo lo mismo que hizo en México. Como la ley prohíbe que los productos con uno o más sellos entreguen regalos, empieza a ofrecer productos con ciertas características. Por ejemplo, un chocolate con forma de celular; entonces el mismo producto se transforma en un regalo. Si regulás un poquitito enseguida encuentran la forma para ir un paso más allá y transgredir".
"Vemos empresas que están salteando lo que indica el capítulo de publicidad, promoción y patrocinio. Incorporan juguetes, premios, leyendas, dibujos. Quizás tienen el sello pero el huevo viene acompañado de un juguete. Es parecido a lo que pasó con las bebidas azucaradas en la época del Mundial, cuando utilizaron todas las estrategias de marketing habidas y por haber", agrega Cáceres.
En líneas generales, una de las trampas más "comunes" —en palabras de Graciano— es el "doble frente" de los productos. La primera vez que lo vio fue en Uruguay, donde también es obligatorio el etiquetado. El consumidor se acerca a la góndola. A simple vista, el producto que piensa llevarse no tiene sellos. Lo da vuelta y se los encuentra. Las dos caras son iguales o muy similares. Según el Código Alimentario Argentino la cara principal es aquella en la cual se exhibe "en sus formas más relevantes la denominación de venta y la marca o el logo, si los hubiere". "Lo que está haciendo la industria es poner, de un lado, la marca o el logo (en tamaño más pequeño), la denominación de venta (descripción), la cantidad y los sellos, y del otro solamente la marca, en tamaño más grande. En la góndola se exhibe del lado en el que está la marca más grande, sin los sellos", detalla la nutricionista.
Sobre esto hay un dato. La Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC) realizó un relevamiento durante enero y febrero en seis supermercados de la ciudad de Buenos Aires. En el 83 por ciento (cinco de los seis) se registró un incumplimiento respecto a la disposición de productos en góndola. Es decir, se hallaron productos cuyos sellos no estaban visibles al consumidor sin que deba dar vuelta el envase (por ejemplo, en botellas de gaseosas y frascos de mermeladas).
"La ley no habilita una doble cara frontal", aclara Tirado, y añade que el decreto 151/2022 que la reglamenta establece en el artículo 4 que alimentos y bebidas que contengan más de una cara principal deberán llevar el sello en cada una de ellas. "Hay pocas empresas (caso bebidas) en las cuales ha sucedido esto. Las mismas ya fueron notificadas para que realicen los cambios correspondientes", informa la funcionaria. "No hemos recibido notificaciones ni información sobre irregularidades y en todo caso es la autoridad de aplicación quien notifica a cada empresa", se ataja la COPAL.
Reformulación de los productos
"Se están produciendo avances muy importantes en la implementación de los sellos en este último tiempo. Esta es una ley que también implica trabajar con la educación y lo que comen en las escuelas, lo que se puede vender en los kioscos, en eventos, y tiene que ver también con la publicidad y el etiquetado frontal, cuya implementación es un proceso y así lo fue también en otros países", expresa Tirado.
El cambio más esperado y radical al que se apunta es el cambio de perfil de comestibles y bebidas. Es decir, que las empresas los reformulen para que no contengan sellos. Ya está sucediendo, asegura Tirado. Y el Estado está encarando una investigación para analizarla, en conjunto con Fagran.
"Un producto para que no tenga un sello se termina desarrollando con menos azúcar y se vende un producto más saludable al que se vendía anteriormente. Los productos que no pueden cambiar su perfil tienen el sello, que es una medida de comunicación muy importante porque antes tenías la composición de los alimentos en la parte de atrás, con una letra poco legible, y es difícil tomar decisiones en base a ello. En cambio, con un sello de este tamaño con información clara y concisa, las personas pueden tomar mejores decisiones a la hora de comprar".
"Está buenísimo que la industria reformule los productos. Primero se oponen a todos los intentos de regulación, pero después se adaptan, e incluso buscan la manera de seguir promoviendo la venta de sus productos a través de la publicidad y distintas estrategias de marketing. Ahora la ausencia de sellos pasa a ser una estrategia de marketing más”, dice Graciano, en sintonía, y pone el ejemplo de un famoso yogur para niños que ahora, en televisión, es promocionado como "ciento por ciento libre de sellos".
Fiscalización
De acuerdo al relevamiento de FIC se registraron 105 productos con sellos y leyendas. En el 67 por ciento de los comercios se encontraron promociones asociadas al precio en productos con advertencias, lo cual evidencia un incumplimiento. "Estos resultados dan cuenta de la necesidad de que el Estado adquiera un rol activo en la tarea de fiscalización para que esta política tan importante para la salud pública resulte efectiva", sugiere Leila Guarneri, investigadora de la entidad.
Los militantes de la ley reprochan al Estado la falta de comunicación en torno al monitoreo y las sanciones. Tirado, por su parte, enumera distintas acciones de fiscalización en curso, función que corre por cuenta de Anmat (revisión de declaraciones juradas, de publicidad y promoción, inspecciones sanitarias, entre otras).
Concluye Cáceres: "Es fundamental que como sociedad podamos defender esta ley que otorga derechos a la población en general y resguarda a niños y adolescentes. Tenemos que reclamar que se cumpla". Las denuncias por la falta de sellos se hacen ante la Anmat (0800-222-6110 o por mail a [email protected]) y Defensa del Consumidor (online en la "ventanilla única federal").