Cultura

Por decreto, el Gobierno quitó cargas patronales en actividades de actores

Con la medida se busca esclarecer el cálculo de las contribuciones patronales en la actividad de actores, y fomentar la producción nacional.

Mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 830/2021, el Gobierno nacional dispuso una limitación a la base de cálculo para la determinación e ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social en la actividad de actores y actrices en busca de fomentar el sector y promover el desarrollo económico y creativo de la industria cultural.

De esta manera, se estableció una base imponible máxima para la determinación e ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social del 1,25% del valor de la remuneración máxima imponible para el cálculo de los aportes personales.

En sintonía con esta medida, lo dispuesto anteriormente se compensará con financiación del Estado nacional "con el fin de no afectar el financiamiento de la seguridad social ni el cálculo correspondiente a la movilidad previsional".

“Se considera oportuno establecer una limitación a la base de cálculo a considerar para la determinación e ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social, con excepción del Régimen Nacional de Obras Sociales y de las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, con carácter extraordinario y acotado en el tiempo, con el objeto de fomentar la industria cultural y propiciar la inversión para el desarrollo nacional del sector”, se argumentó en los considerandos.

Esto atiende a una medida, que la Justicia declaró "inconstitucional", del gobierno de Mauricio Macri que indicó que los derechos de imagen no se consideren “parte de la remuneración convenida por la prestación laboral efectivamente realizada”.

Frente a esa situación, el Gobierno sostuvo, en los fundamentos del decreto publicado este lunes, que “resulta necesario determinar con claridad cuál es el ordenamiento reglamentario aplicable, considerando pertinente dejar sin efecto las normas impugnadas”. De tal forma, se quitó la aclaración respecto a la derechos de imagen y su consideración dentro de la prestación laboral y se derogó el artículo 11 que fue firmado Macri sobre la base imponible.