Programa ATP: la AFIP detalló cómo se pagará el salario de mayo
El Gobierno nacional oficializó este miércoles tomar como referencia al sueldo percibido por cada trabajador en marzo pasado para el cálculo del segundo salario complementario que será abonado por los haberes de mayo en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Así lo estableció la Decisión Administrativa 765/2020 […]
El Gobierno nacional oficializó este miércoles tomar como referencia al sueldo percibido por cada trabajador en marzo pasado para el cálculo del segundo salario complementario que será abonado por los haberes de mayo en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Así lo estableció la Decisión Administrativa 765/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la que la Jefatura de Gabinete aceptó la recomendación del Comité de Evaluación y Monitoreo ATP de tomar como referencia para el pago del nuevo salario complementario a la remuneración correspondiente a marzo.
“En el marco de la extensión del beneficio del Salario Complementario correspondiente al Programa ATP conformada a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 747/20, el Comité de Evaluación y Monitoreo recomendó la adopción de los elementos de ponderación y de evaluación necesarios para la estimación de dicho beneficio, correspondiente al mes de mayo del corriente año”, señalan los considerandos de la norma.
“El pago de los salarios a través del programa ATP continuará en mayo”, anticipó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont durante una entrevista con Radio 10. La funcionaria detalló que el programa creado por el Gobierno para acompañar a las empresas y sostener los puestos de trabajo contemplará como parámetro en esta nueva instancia el nivel de facturación registrado por las empresas en abril.
“Sabemos que hay situaciones de nervios porque algunos todavía no cobraron el salario complementario. La semana que viene se termina de pagar a más de 2 millones de trabajadores. Tienen que saber que quienes accedieron tienen un derecho adquirido y que lo van a cobrar”, sostuvo Marcó del Pont.
“En muy poco tiempo se armó andamiaje de políticas públicas desde la AFIP que es un organismo acostumbrado a cobrar impuestos. Es inédito. En el peor de los momentos de la crisis financiera de 2008 se pagaron 150 mil Repro para sostener salarios y ahora vamos a pagar una parte del salario más de 2 millones de trabajadores. Ponemos en valor el Estado que asigna enormes recursos para amortiguar el impacto de la crisis”, indicó la funcionaria.
Por su parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que ya cuenta con la información correspondiente a tales remuneraciones, las cuales constituyen “una base de cálculo que refleja de manera más fehaciente la realidad económica y determina una ponderación más justa del beneficio para los trabajadores”.
Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio en trato, el Comité propuso estimar la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con el mismo mes de este año.
En el caso de las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1º de mayo de 2019, la comparación debería hacerse con diciembre de 2019.
Asimismo, se propuso continuar con la misma tesitura con respecto a las empresas nacidas durante 2020, las cuales recibieron de manera directa el Salario Complementario.