Quedó firme la inhibitoria que le impide al juez Kreplak seguir tomando decisiones en el SOEME
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó firme la inhibitoria para que el juez Ernesto Kreplak siga tomando decisiones sobre el Sindicato de Obreros y Empleados de la Minoridad y Educación (SOEME). De este modo, la sentencia de la doctora Analía Vigano del juzgado 4 de Trabajo fue confirmada por la Cámara Nacional y […]
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó firme la inhibitoria para que el juez Ernesto Kreplak siga tomando decisiones sobre el Sindicato de Obreros y Empleados de la Minoridad y Educación (SOEME).
De este modo, la sentencia de la doctora Analía Vigano del juzgado 4 de Trabajo fue confirmada por la Cámara Nacional y establece que el juez Kreplak debe correrse de la administración del gremio finalizando el proceso de intervención del sindicato, que debe regirse por las normas estatutarias y cuyo consejo directivo está legitimado por el voto de los afiliados.
En una parte de la sentencia de la Cámara Nacional, se resalta que “resulta necesario que ‘se deje sin efecto la medida cautelar dictada por dicho Juez’, es decir la intervención de Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y Minoridad (S.O.E.M.E), por considerar tal decisión, un claro ejercicio de intromisión en la vida sindical del mismo“.
Asimismo, la jueza Analía Vigano sostuvo que “el Señor Juez Federal actuante, debería ceñir su competencia a todo lo concerniente al objeto de la investigación penal y por lo tanto inhibirse de intervenir en las controversias inherentes a la vida interna de la asociación gremial, como lo constituye el caso, la ‘normalización’ de la misma, mediante el llamado a elecciones de los afiliados, lo que resulta de exclusiva competencia de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación (actualmente Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo), conforme art. 56 de LAS, y en su caso de la Cámara Nacional de Apelaciones de trabajo”.
Con esta inhibitoria fijada por la Cámara Nacional, Kreplak pierde el control del Sindicato.
Cabe resaltar que el mencionado juez se había tomado la atribución de convocar a elecciones con mucha anticipación a la finalización del mandato elegido por los afiliados, desconociendo al consejo directivo del SOEME que tiene mandato hasta el 2021.